Este documento era utilizado hace varios años y se facilitaba a través de la Policía Nacional del Perú (PNP), pero ahora está prohibido. ¿Por qué?
Únete al canal de Whatsapp de WapaEl Certificado de Supervivencia era un documento que permitía para certificar la "existencia" física de una persona que reside dentro del país o que pueda estar temporalmente en el exterior. Era emitido por la Policía Nacional del Perú (PNP).
Este certificado era requerido en varios contextos, especialmente en el ámbito de seguridad social y pensiones. Perseguía el objetivo de lo último señalado: cobro de pensiones. Tanto en la administración pública como en la privada.
El propósito principal del Certificado de Supervivencia era evitar fraudes y asegurarse que los pagos de beneficios y pensiones se realicen correctamente a las personas que están vivas y tienen derecho a recibirlos. Al exigir el Certificado de Supervivencia, las instituciones se aseguraban que los pagos no se realicen a personas fallecidas o que ya no tienen derecho a recibir los beneficios.
Generalmente, el Certificado de Supervivencia era presentado personalmente por el titular del beneficio o pensión ante una entidad específica, como una entidad financiera, una oficina de seguridad social o una embajada o consulado en el caso de personas que residen en el extranjero. Durante la presentación, se requería que la persona acredite su identidad mediante documentos legales, como el DNI (Documento Nacional de Identidad) en el caso del Perú.
De acuerdo con la información del portal oficial del Gobierno del Perú, el Certificado de Supervivencia fue prohibido en el año 2016, durante el mandato del presidente Pedro Pablo Kucyznski, tras publicarse el Decreto Legislativo 1246. El objetivo era simplificar los trámites para el ciudadano.
Asimismo, se encuentran dos puntos muy importantes: uno de ellos era que la medida respondía también a que se buscaba la protección de datos personales, enmarcados en la Ley N° 29733, a fin de evitar fraudes por parte de los funcionaros públicos. Es por ello que se encuentra prohibido que cualquier institución solicite un certificado o constancia de supervivencia para verificar el ciudadano se encuentra vivo. Se contemplan los siguientes documentos:
Como ya mencionó anteriormente, este documento era utilizado para casos relacionados a pensiones o prestaciones económicas del Estado. Era emitido por las comisarías.
A partir del año 2017, todas las instituciones están obligadas a realizar verificaciones y cruces de información correspondientes con la base de datos de la RENIEC, así como las propias. Esto no le genera ningún costo al ciudadano. Finalmente, tampoco se podrá exigir un certificado de mudanza domiciliaria o de características de similar naturaleza.