En Wapa te contamos todo sobre los derechos laborales y el paso a paso para reclamar el monto que te corresponde por trabajar en feriados nacionales.
Únete al canal de Whatsapp de WapaSi trabajas este Jueves y Viernes Santo, entérate en esta nota cuánto te corresponde recibir de sueldo y qué hacer si tu empleador no quiere cumplir con dicho pago.
Según la Sunafil, el 6 y 7 de abril, todos los trabajadores tienen derecho a gozar de descanso remunerado en ambas fechas, de acuerdo con el Decreto Legislativo Nº 713, que dicta las reglas para el pago de los descansos remunerados.
Estos dos días de feriado nacional, son en el Perú días no laborables y sin descanso sustitutorio, sin embargo, muchos peruanos, dependiendo del rubro al que se dedican, tuvieron que laborar y se encuentran en planilla.
La Sunafil ha informado a través de sus redes sociales, que el trabajo efectuado en los días feriados no laborables tiene como beneficio el pago de la retribución correspondiente por la labor efectuada, con una sobretasa de 100%.
Por lo tanto, los empleadores que acuerden con sus trabajadores laborar estos 2 días, sin descanso posterior y sin recuperar el día trabajado, deberán pagar el triple del sueldo por cada fecha trabajada.
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Es importante resaltar que esta medida también aplica para los trabajadores que realizan trabajo remoto.
Pero debes estar atento a tu boleta de pago de fin de mes, y si tu empleador no cumple con la norma laboral y con el acuerdo entre ambos, puedes presentar una denuncia virtual ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), siguiendo los siguientes pasos:
Datos de contacto: en caso desees realizar alguna consulta laboral o sobre seguridad y salud en el trabajo, así como sobre temas relacionados a las medidas laborales excepcionales, puedes llamar a su línea gratuita 0 800 16872 o ingresar a Sunafil Responde.
En las redes sociales de Sunafil encontrarás más asesoría sobre temas laborales y denuncias que serán de tu utilidad.