El MTC ha fijado nuevas disposiciones para la renovación del brevete en 2026, estableciendo límites de edad y requisitos médicos obligatorios.
Únete al canal de Whatsapp de Wapa
Los conductores que buscan renovar su licencia de conducir en Perú deben tener en cuenta las disposiciones establecidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). La normativa contempla condiciones específicas según la edad del titular y el tipo de brevete que posee. Además, quienes superan determinados rangos de edad deben cumplir evaluaciones médicas y psicológicas para realizar sus trámites. Conoce cuáles son los límites de edad establecidos para las licencias profesionales y no profesionales, así como los periodos de vigencia que corresponden en cada caso.
El reglamento del Ministerio de Transportes y Comunicaciones establece condiciones diferenciadas para los conductores según su edad y la categoría de la licencia. En el caso de los brevetes profesionales, el artículo 20 señala que la edad máxima para ser titular de este tipo de documento es de 80 años.
Asimismo, a partir de los 70 años, los trámites de obtención, revalidación y recategorización de una licencia están sujetos a la aprobación de evaluaciones médicas y psicológicas. Estos exámenes deben ser realizados por una ECSAL, es decir, una Entidad Habilitada para expedir Certificados de Salud.
Otra disposición contemplada en la normativa es la reducción del periodo de vigencia de las licencias profesionales conforme aumenta la edad del conductor. Según el Decreto Supremo N.° 017-2009-MTC, los brevetes tienen una vigencia de un año entre los 70 y 76 años, mientras que el periodo se reduce a seis meses para quienes superan los 76 años y hasta los 81.
Estas condiciones buscan que los conductores que continúan circulando por las vías públicas cumplan con las evaluaciones requeridas para acreditar que mantienen las condiciones necesarias para conducir.
En el caso de las licencias de conducir no profesionales de clase A, categoría I, también se establecen periodos de vigencia diferenciados de acuerdo con la edad del titular. Estas disposiciones determinan por cuánto tiempo puede mantenerse vigente el documento antes de que sea necesario realizar una nueva revalidación.
Para los conductores de entre 70 y 75 años, la licencia tiene una vigencia de cinco años. En cambio, quienes se encuentran en el rango de 75 a 81 años cuentan con un periodo de vigencia de tres años.
A partir de los 81 años, la renovación del brevete se concede por un plazo de dos años, siempre que el conductor cumpla con las evaluaciones médicas o psicológicas exigidas por la autoridad competente.
Por ello, los conductores deben revisar las condiciones aplicables a su categoría de licencia antes de iniciar el trámite de renovación. La edad no implica necesariamente una prohibición general para manejar, pero sí puede determinar la vigencia del documento y los requisitos que se deben cumplir para continuar conduciendo legalmente.