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10 Ago 2022 | 13:54 h

¿Qué hacer si una tienda ofrece productos caros a solo 1 sol en su página web?

Los compradores podrán conocer todo lo que dice el Código del Consumidor sobre las compras en línea.

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    Descubre qué dice el Código del Consumidor sobre la venta de productos a un precio reducido en la web.

    Aún existe la interrogante de qué hacer cuando una empresa publica ofertas considerables en cierto producto, pero su entrega termina siendo anulada. Los peruanos se encuentran expectantes ante los impactantes precios establecidos en la plataforma de las tiendas Falabella y Curacao, donde se ofertaron televisores , lavadoras y celulares desde 1 sol o menos.

    Ante las compras masivas, las respectivas páginas procedieron a anular las entregas y pagos efectuados. Es por ello que muchos usuarios comenzaron a quejarse en las redes sociales por la pérdida del producto. Al respecto, la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC) le solicitó a Falabella y la Curacao resarcir a los consumidores y asumir la responsabilidad de lo sucedido.

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    ¿Cómo se puede respaldar el consumidor ante ofertas de productos caros a 1 sol?

    El presidente de la ASPEC, Crisólogo Cáceres, mencionó que las personas deberán guiarse de las normas que se indican en el Código del Consumidor. Al respecto, mencionó dos secciones en específico: el derecho a la información y el principio de la buena fe. Wapa tiene para ti todos los detalles:

    1. El derecho a la información: el Código del Consumidor establece que los consumidores tienen derecho a acceder a información veraz que les permita tomar una decisión de compra adecuada. Es por ello que, toda información que pueda inducir al error está prohibida, ello con respecto a los precios.

    En la misma línea, Cáceres señala que toda oferta que haga el proveedor es exigible por el consumidor. “Si la oferta fue buena, absurda o generosa es un tema que atañe al proveedor no al consumidor, por lo tanto el consumidor tiene derecho a exigir”, comentó en una entrevista Tv Perú.

    2. El principio de la buena fe: el presidente de la ASPEC señaló que se debe tener en cuenta el principio de buena fe en la conducta de los consumidores y proveedores. En este caso, la persona que realiza la compra deberá interpretar los errores en caso observe montos altamente reducidos como fue la venta de refrigeradoras a 1 sol.

    “Es claro que el consumidor tiene razones para suponer de que el precio no corresponde a la realidad, pero por otro lado quien está haciendo la oferta y está obligado a cumplirla es el proveedor”, expresó para el medio citado.

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