Si están decididos a adquirir una propiedad en los próximos meses, no puedes perderte esta nota. La pandemia de la COVID-19 no ha detenido el mercado inmobiliario y muchas personas buscan hacer transferencias y compra-venta de propiedades.
Frente a esto, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) ha habilitado una serie de facilidades, ya que muchos se preguntan todos los pasos a seguir para comprar un inmueble sin realizar muchos trámites presenciales y mantener los protocolos de bioseguridad.
El especialista Jorge Rojas, subdirector de Normativa Registral en Sunarp, informó que hay varios caminos para efectuar esta transacción. Una de ellas es a través de los ‘literales’, que son unos documentos que certifican las fichas registrales del inmueble.
Primero: Debes corroborar la posesión de la propiedad. Es decir, verificar que quien está vendiendo, realmente tenga la administración del inmueble. En pocas palabras, si no es dueño del terreno no lo puede vender.
Para ello se pide un estudio registral del título y la situación jurídica del inmueble. Aquí es donde entra Sunarp, a través de una ficha registral. Este documento es el certificado literal o copia literal, y tiene un costo de S/ 7 por hoja, y a raíz de la emergencia sanitaria se ha digitalizado.
Otra alternativa es efectuar este proceso a través del Certificado Registral Inmobiliario (CRI), que se le pide a Sunarp para que informe quién es el propietario y si cuenta con alguna carga. Este trámite cuesta S/ 71.
Segundo: La minuta y el bloqueo. Una vez saneado el inmueble ya se pueden sentar las partes interesadas, acordar un precio de venta y firmar una minuta. Este contrato de compraventa es elaborado por un abogado.
“Para el pago, lo más común es realizarlo a través de un crédito hipotecario. Se estila firmar la minuta y pagar la cuota inicial. En la minuta se coloca que el resto se paga a la firma de escritura pública ante el notario, con un cheque de gerencia”, agregó el representante de Sunarp.
La minuta se presenta ante el notario, pero el registro de la compra-venta puede tardar siete días hábiles. Por ello, hay un paso adicional, que es el bloqueo registral.
La función del bloqueo es evitar que se vuelva a vender el inmueble en el tiempo que dura el proceso de inscripción. El bloqueo registral debe solicitarse obligatoriamente en línea y estar acompañada de la copia de la minuta.
Este bloqueo dura 60 días hábiles y guarda un espacio en el registro para que el cliente pueda finalizar la transacción. Además, tiene un costo de S/ 43.
Tercero: Asesorarse con un abogado y no olvidar el registro de la propiedad. “En el Perú el registro no es obligatorio y ahí es donde vienen los problemas porque se podría vender la propiedad u otros casos”, anotó.