El Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicó nuevas modificaciones como parte del lineamiento sectorial para la prevención del nuevo coronavirus en el transporte aéreo de pasajeros nacionales e internacionales. Por ejemplo, inició comunicando que ya no será obligatorio el uso del protector facial en el aeropuerto y durante el vuelo.
Como parte de las medidas establecidas por el MTC, se contempla el uso de la doble mascarilla durante todo momento en que los pasajeros se encuentren en el aeropuerto como en la cabina del avión, con excepción de los menores de dos años.
LEE TAMBIÉN: San Martín: visita este destino amazónico seguro y vive una inolvidable Fiesta de San Juan
MTC señaló que para aquellos turistas extranjeros que deseen ingresar a nuestro país, tendrán que mostrar el resultado de una prueba RT-PCR o antígena de hasta 72 horas emitido antes del embarque, por un nosocomio del país de procedencia.
Cabe señalar que, la orden exonera a los menores de 12 años al igual que los pacientes que hayan superado la enfermedad hasta tres meses previos al viaje.
En ese sentido, recalcó que la Declaración Jurada Electrónica de Salud y el compromiso de realizar la cuarentena ya no es obligatorio. Además, los pasajeros internacionales que realicen viajes diarios, interdiarios o semanales, deberán presentar el resultado de prueba RT-PCR cada 15 días desde el 9 de julio.
“En este caso, son los empleadores quienes se encargan del monitoreo diario del estado de salud de sus tripulantes”, se explicó.
CONOCE MÁS: COVID-19: el protector facial ya no será un requisito para vuelos nacionales e internacionales
Finalmente, se precisó que las aerolíneas y quienes se encargan de las concesiones de los aeropuertos son los encargados de garantizar que se cumpla el distanciamiento social, las señalizaciones y las demás recomendaciones establecidas por el Minsa.