Cargando...
21 Abr 2021 | 18:41 h

Vuelos: Aerolíneas no podrán cobrar sumas adicionales por endosar o postergar viajes

La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) instó a los pasajeros a presentar los reclamos correspondientes en caso de que sus derechos no sean respetados.

Únete al canal de Whatsapp de Wapa

    wapa.pe
    Aerolíneas no podrán cobrar sumas adicionales por endosar o postergar viajes

    La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) informó hoy a la ciudadanía que el Tribunal Constitucional (TC) ha puesto punto final a un tema que afectaba la economía de millones de pasajeros.

    En efecto, detalló que desde el 2010 el artículo 66.7 del Código de Protección y Defensa del Consumidor estableció que los consumidores del servicio de transporte nacional en cualquier modalidad podían endosar el servicio a favor de otro consumidor o postergar la realización del viaje siempre que avisara a la empresa con no menos de 24 horas de antelación.  

    Al hacerlo, explicó que el único gasto que debía asumir es el costo de emisión del nuevo boleto. 

    Sin embargo, las aerolíneas desde el principio estuvieron en desacuerdo con esa medida y se negaron sistemáticamente a acatarla.  

    Fue así que en el 2013 la empresa Lan Perú presentó una demanda de amparo contra el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) solicitando que se inaplique la mencionada disposición. 

    Fallo a favor del Indecopi

    Aspec refirió que el caso llegó al TC y que ha fallado a favor del Indecopi.  

    El TC indicó que si bien las aerolíneas tienen derecho a cobrar por los beneficios adicionales que le presten al consumidor como, por ejemplo, llevar o no maletas o recibir alimentos durante el viaje que son componentes no esenciales del servicio; en cambio, no tienen derecho a cuestionar el libre endose de un boleto o su postergación. 

    El TC considera que el endose de un boleto o su postergación son componentes esenciales a la prestación del servicio, pues afectan la posibilidad de viajar y por tanto no pueden estar sujetos a un pago adicional. 

    En tal sentido, Aspec exhorta a los usuarios del transporte aéreo, que han tenido que esperar siete años para que esta sentencia sea emitida, a hacer uso de los derechos conferidos por el artículo 66.7 del código y a presentar los reclamos correspondientes en caso los mismos no sean respetados. 

    Lo Más Reciente

    Lo último

    Horóscopo de HOY jueves 16 de julio de 2026 con Jhan Sandoval: ¿qué tiene el destino preparado para ti? El tarot habló

    Horóscopo de HOY jueves 16 de julio de 2026 con Jhan Sandoval: ¿qué tiene el destino preparado para ti? El tarot habló

    Kyara Villanella y su novio se roban la atención durante ceremonia oficial de entrega de credenciales a Keiko Fujimori: Así fue su aparición

    Yape activa ENVÍO de remesas a Venezuela SIN COSTO: conoce cómo yapear paso a paso

    Estilo de vida

    Moda y belleza

    Tres tipos de zapatos que combinarán con casi todo tu clóset

    Tres tipos de zapatos que combinarán con casi todo tu clóset

    Invierno y cuero cabelludo: la parte de tu rutina capilar que no deberías descuidar

    Un perfume para cada ocasión: cómo elegir el aroma ideal para cada momento

    Películas y Series

    "Separada pero nunca sola" lanza tráiler oficial con Emilia Drago como protagonista

    "Separada pero nunca sola" lanza tráiler oficial con Emilia Drago como protagonista

    Día del Padre: HBO Max celebra a los papás más icónicos de la televisión y el cine con HBO Max

    Shakira lidera la banda sonora de la Copa Mundial FIFA 2026: ¿Qué otras figuras serán parte del torneo?