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30 Oct 2021 | 17:25 h

Abogada de Melissa Paredes fue suspendida un año por el CAL tras conducta antiética

Tras haber generado controversia el desempeño de la letrada Patricia Simon, se dio a conocer que fue sancionada por el Colegio de Abogados hace unos años.

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    Dan a conocer el motivo de la sanción que obtuvo la letrada por el CAL.

    La modelo Melissa Paredes desde que protagonizó un ampay con el bailarín Anthony Aranda, su vida cambió por completo y continúa siendo blanco de críticas tras las fuertes acusaciones que hizo contra Rodrigo Cuba, quién salió a desmentirla con pruebas y mostrando el convenio de conciliación que ella le presentó, al parecer con el asesoramiento de su abogada Patricia Simon.

    Pero, ¿quién es la profesional que se presentó con la influencer en 'América hoy' a través de un enlace en vivo, causando controversia por los comentarios que hizo en defensa de su patrocinada?

    Después de las declaraciones de la conductora de América Televisión contando detalles inéditos de su separación junto a la letrada, usuarios en las redes sociales dieron a conocer que la especialista tuvo una sanción por parte del Colegio de Abogados.

    ¿Por qué la abogada de Melissa Paredes fue sancionada por el CAL?

    Hace unos años, la citada fue sancionada “con un año de suspensión en el ejercicio profesional” por el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de Lima, ya que la acusaron de asesorar a las dos partes en un proceso de divorcio.

    Este hecho se dio en noviembre de 2008. Por su parte, Patricia presentó ese mismo mes y año una demanda ante el Tribunal Constitucional: “Con fecha 27 de noviembre de 2008, la recurrente interpone demanda de amparo contra la Dirección de Ética Profesional del Colegio de Abogados de Lima, solicitando que se deje sin efecto la Resolución de fecha 12 de noviembre de 2008, dictada por el Tribunal de Honor del Colegio de Abogados de Lima, que la sanciona con un año de suspensión en el ejercicio profesional, por haber transgredido el artículo 50 del Estatuto de la Orden y los artículos 1, 2, 3, 10 y 11 del Código de Ética Profesional de los Colegios de Abogados del Perú”.

    Los argumentos de Simon no fueron validados por el Tribunal Constitucional, quién declaró improcedente la demanda. Ante ello, firmaron la resolución los magistrados Vergara Gotelli, Álvarez Miranda y Urviola Hani.