Christopher Acosta afirma que sí le solicitó al líder de APP su versión sobre las imputaciones. El periodista difundió en sus redes sociales documentos que acreditan las afirmaciones que publicó en su libro Plata como cancha.
Los escritos revelan detalles sobre el líder de Alianza para el Progreso (APP), César Acuña. De esta manera Acosta respondió a los desmentidos de Acuña que formuló en el programa de Milagros Leiva, en Willax TV.
“Nunca fui al SIN. Nunca conocí a (Vladimiro) Montesinos. Fue una confusión. Yo nunca fui investigado por ir al SIN (Servicio de Inteligencia Nacional). Nunca me pidieron pasarme al fujimorismo”, señaló Acuña.
Pero el periodista Christopher Acosta no se quedó de brazos cruzados y divulgó las listas de visitantes al SIN entregadas al Congreso por colaboradores de Montesinos. Acuña aparece en la relación. A través de sus redes sociales, compartió una serie de escritos que ya son tendencia en Twitter.
En uno de los documentos sobre el tema, Matilde Pinchi Pinchi, exsecretaria personal de Montesinos, declaró en el mismo sentido ante la comisión investigadora del Congreso. Y proporcionó un listado de las personas que habían recibido dinero de Montesinos. En el documento aparece Acuña Peralta, quien en ese momento era congresista.
Por otro lado, Acosta mencionó el informe de la secretaria general de la Universidad de Lima, Bárbara Farfán Fiorani, quien el 13 de julio del 2016 comunicó a la directora de Documentación e Información Universitaria de la Sunedu, Mariella del Barco, sobre la decisión del Consejo Universitario sobre el caso de César Acuña.
Esta institución en mención, aprobó un informe en el que se ratifica que este no pudo desvirtuar las imputaciones de “plagio en la elaboración de la tesis que presentara para la obtención del grado académico de maestro en Administración de Educación”. Por lo que dispuso “el retiro de la Biblioteca de la Universidad de Lima de la tesis presentada por César Acuña Peralta”.
Con estos documentos, el periodista demuestra que en la redacción no se basó en versiones antojadizas, sino en documentación que acredita fehacientemente las situaciones que enfrentó César Acuña, que ahora pretende desmentir. No obstante, declaró: “Es mentira que plagié (en la tesis de la Universidad de Lima)”.
Durante la entrevista con Willax el líder de Alianza para el Progreso (APP) aseguró que: “No fui acusado por violación. No transé con la familia (de la presunta agraviada). (Ella) nunca fue alumna de mi academia”.
Pero Christopher Acosta documentó en el libro información que no era producto de su imaginación, como publicaciones del diario Perú 21 durante la campaña electoral del 2016.
Del mismo modo, citó a la abogada Miriam Pilco, quien, en declaraciones al diario trujillano La Industria, aseguró que la madre de la presunta agraviada la buscó para que le diera asesoría legal porque César Acuña pretendía un acuerdo con la familia.
El periodista no ocultó que la letrada era militante aprista. De manera que el propósito del periodista Christopher Acosta era informativo, de ninguna manera difamatorio. Los hechos consignados por el reportero son verdaderos, publicados por la prensa, con las fuentes identificadas, algo que no calza con la presunta intencionalidad agraviante.
Pero el periodista claramente consignó en el libro que sí buscó la versión de César Acuña y que, como este se negaba a responder, recurrió a otras fuentes, como su hijo Richard Acuña y uno de sus allegados, el excongresista Luis Valdez Farías.
El juez supernumerario Raúl Jesús Vega buscó sustentar la sentencia condenatoria contra el periodista Christopher Acosta y el editor Jerónimo Pimentel en el Acuerdo Plenario 3-2016 de las Salas Penales de la Corte Suprema, pero lo hace de manera sesgada y errada.
Este acuerdo estableció una serie de criterios que permitieran a los jueces resolver el conflicto que se puede presentar entre el honor personal y el derecho constitucional a la libertad de información y expresión.
Según un informe especial de La República, la medida se tomó en medio de las demandas que se presentaron contra la conductora de televisión Magaly Jesús Medina Vela por videos a personajes públicos en situaciones que afectaban su intimidad. Uno de los que generó mayor controversia fue el caso conocido como el de las “prostivedettes”.
Medina y sus productores pretendieron amparar la difusión de este y otros videos en la libertad de información y expresión. En un lapso de tres años se llegaron a presentar hasta 14 querellas contra Medina en diferentes juzgados.
Algunos se archivaron, pero en el caso de las “prostivedettes” se dictó sentencia condenatoria a cuatro años de prisión suspendida, lo que aumentó la controversia. En vista de que los jueces no tenían un punto de vista uniforme, los 14 jueces que integraban las Salas Penales de la Corte Suprema se reunieron y establecieron una serie de criterios que sirvieran de pauta para evitar sentencias contradictorias.
El juez puede discrepar de un Acuerdo Plenario, pero en ese caso deberá explicar por qué lo hace. Puede considerar que su caso no guarda relación con el tema hipotético que evaluaron los jueces supremos u otros aspectos, pero debe explicarlos.
Espinoza indica que en el caso de Acuña versus Acosta el juez cita el Acuerdo Plenario, pero lo hace de manera parcial, de tal manera que no lo aplica en su totalidad, ni discrepa con los jueces supremos.
El juez Raúl Jesús solo cita dos líneas del acuerdo del 2006. En el punto 4.8 de la sentencia el juez dice: “... es por ello que, mediante el Acuerdo Plenario N° 3-2006/CJ-1126, referente a delitos contra el honor personal y derechos constitucionales a la libertad de expresión, exige al autor una diligencia mínima de comprobación de la verdad, es decir, una comprobación razonable de fiabilidad “.
La República detalla que Christopher Acosta no realizó una mínima comprobación de la verdad de la información que recibió para el libro Plata como cancha. Con lo cual hace suponer que el referido Acuerdo Plenario establece que el periodista debe corroborar la verdad de lo que dicen sus fuentes para no afectar el honor de una persona.
Otro aspecto que el Acuerdo Plenario pide tomar en cuenta es la relevancia pública del personaje sobre el que se dice o escribe algo. El libro Plata como cancha trata de César Acuña, un candidato presidencial y líder de un partido político.