Hoy martes 23 de noviembre, Patricia Juárez presentará un predictamen para mutilar la opción de la consulta pública sobre la reforma total de la Constitución.
Congresistas intentan mutilar el derecho del referéndum que tienen los ciudadanos. Una vez más la Comisión de Constitución del Congreso se apresta a aprobar un dictamen de ley con visos de inconstitucionalidad.
El propósito de esta propuesta es mutilar el derecho de la ciudadanía de someter a consulta la reforma total de la Carta Magna a través de un referéndum. El proyecto de ley fue presentado el 4 de noviembre.
Según un informe del diario La República, se trata de una propuesta multipartidaria con firmas de fujimoristas como Hernando Guerra García, Nilza Chacón o Martha Moyano. Pero el texto tiene además las rúbricas de Jorge Montoya Manrique (Renovación Popular), Adriana Josefina Tudela (Avanza País), Gladys Echaíz de Núñez (APP) y Elvis Vergara Mendoza (Acción Popular).
Con esta iniciativa se busca establecer límites a la ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos (26300). Actualmente dicha ley solo establece que no se puede someter a referéndum la supresión o disminución de derechos fundamentales, las normas de carácter tributario ni los tratados internacionales.
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La República detalla, que este sector del Congreso pretende modificar los artículos 19 y 40 de dicha norma para que también quede prohibido someter a referéndum la reforma total de la Constitución, pues en el texto proponen que las reformas constitucionales solo se tramiten en función al artículo 206 de la Carta Magna, es decir con participación del Congreso o solo en forma parcial mediante iniciativa legislativa ciudadana con el 0.3% de la población electoral.
El especialista en derecho constitucional Luciano López advierte a través del diario La República que la norma que pretende aprobar el Parlamento es inconstitucional, porque “vacía de contenido al referéndum como derecho que está reconocido” en la Carta Magna.
López recuerda que el referéndum es un derecho fundamental reconocido en el inciso 17 del artículo 2 de la Constitución. También el artículo 31 reconoce el derecho de participación mediante el referéndum. E incluso el artículo 32 reconoce que se puede someter a referéndum la reforma total de la Constitución.
Por ello, el constitucionalista subraya que mediante una ley no se puede modificar aspectos reconocidos en una norma de rango superior, como es la Constitución. En todo caso, el Parlamento tendría que reformar estos artículos.
Por su lado, Luciano López explica además que la Constitución de 1993 plantea un modelo de democracia directa, pero también participativa. Y recuerda que parte del discurso de Alberto Fujimori era “que el pueblo debía tener directamente la administración del poder”, razón por la cual se regula el referéndum como derecho fundamental.
“Lo que están proponiendo es que la iniciativa de reforma parcial o total de la Constitución sea solo por el procedimiento parlamentario y ya no existiría el derecho de reforma total o parcial de la Constitución vía referéndum”, apunta, por su parte, Pedro Grández, profesor de derecho constitucional.