Inspectoría General de la Policía Nacional decidió no señalar como responsables de los excesos policiales a dos generales y nueve oficiales en el asesinato de Inti Sotelo y Bryan Pintado durante las manifestaciones contra el régimen golpista de Manuel Merino de Lama.
Según la entidad policial, el ex sub comandante general de la PNP (r) Jorge Lam Almonte y el exjefe de la Región Lima general PNP en actividad Luis Cayas Medina, no están relacionados con el trágico suceso que ocurrió a finales de 2020.
Sin embargo, las conclusiones de la Inspectoría General contradicen lo encontrado por la Oficina de Asuntos Internos del Ministerio del Interior, sección que se encuentra a cargo de Salvatore Trippi Rossel.
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Este grupo determinó que Jorge Lam y Luis Cayas, además de los nueve oficiales implicados, si habrían cumplido un papel protagónico en los actos violentos contra los manifestantes durante las protestas del pasado 14 de noviembre de 2020.
Lamentablemente en esa fecha, Inti Sotelo y Bryan Pintado recibieron impactos de proyectiles que terminaron ocasionando su muerte.
Tras haber realizado las indagaciones del caso, Asuntos Internos del Ministerio del Interior encontró grave responsabilidad de los dos generales y nueve oficiales de la Policía Nacional, siguiendo expresamente la tabla de infracciones del Régimen Disciplinario de la referida institución.
Sin embargo, la Inspectoría General decidió exceptuar de la responsabilidad administrativa a los señalados debido a que Asuntos Internos aplicó indebidamente una norma que ya no se encontraba vigente.
Según el documento suscrito por el ex inspector general teniente general PNP Roy Ugaz Suárez, Jorge Lam y Luis Cayas, así como los nueve oficiales de la PNP, fueron investigados con el Manual de Doctrina de Estado Mayor que se encontraba derogado, algo que contraviene el principio de legalidad.
“Es preciso y necesario evaluar los actuados y argumentos de defensa de los administrados que han sustentado uniformemente que se les ha imputado cargos e infracciones disciplinarias por el incumplimiento del Manual de Doctrina de Estado Mayor. Sin embargo, el mismo se encuentra derogado y solo constituye un documento doctrinario u orientador que no obliga su cumplimiento de forma imperativa”, refieren.