Las personas en grupos de riesgo por el coronavirus que deseen trabajar o prestar servicios de forma presencial en actividades autorizadas por el Gobierno, deberán suscribir una declaración jurada en el que aceptan su "responsabilidad voluntaria".
En el marco de la ampliación de la cuarentena y el estado de emergencia que vive el país por la COVID-19, el Ministerio de Trabajo, en coordinación con el Ministerio de Salud, emitirá nuevas disposiciones para este grupo de ciudadanos que estén dispuestos a retomar sus actividades laborales de forma presencial.
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A través del Decreto Supremo N° 083-2020-PCM, el Poder Ejecutivo precisó que en ningún caso se puede ejercer algún tipo de coacción para que la persona firme este documento, lo que incluye, pero no limita, supeditar la rubrica respectiva en el que se mantenga el vínculo laboral o la prestación de servicios.
"En el caso de las personas en grupos de riesgo que laboran, se prioriza su prestación de servicios bajo la modalidad de trabajo remoto", señala la norma.
El decreto supremo deja en manifiesto que las personas con características asociadas a un mayor, con riesgo de complicaciones por la COVID-19, solo pueden salir excepcionalmente de su domicilio, siempre que requieran de atención médica urgente, ante una emergencia o en caso de no tener a ninguna persona de apoyo para la obtención de alimentos y medicinas.
Además, pueden salir de su casa a cobrar algún beneficio pecuniario otorgado por el Gobierno en el marco de la emergencia nacional, para el cobro de una pensión en una entidad bancaria o la realización de un trámite que exija estar de forma presencial.
La norma específica que las personas en grupos de riesgo ante el nuevo coronavirus son personas mayores de 65 años. También quienes cuenten con comorbilidades como: hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, enfermedad pulmonar crónica, cáncer, estados de inmunosupresión y otras que establezca la Autoridad Nacional Sanitaria.