Conoce todos los requisitos que deben cumplir los colegios para los viajes o paseos escolares
Únete al canal de Whatsapp de WapaEn los últimos días hemos sido testigos de un trágico accidente en el que el vehículo que se encontraba transportando a un grupo de escolares cayó a un abismo. Producto del accidente, un escolar y una mujer perdieron la vida.
De acuerdo a la información brindada, los estudiantes, quienes estaban en el vehículo junto a un maestro y a un padre de familia, se dirigían a Huancayo para un viaje de estudios, pero lamentablemente en el caminó cayeron a un abismo de aproximadamente 400 metros.
Ante esta situación el Ministerio de Educación (Minedu) hizo un llamado a las instituciones y padres de familia a tomar las medidas de seguridad sobre estos paseos escolares.
Es por ello que brindó una serie de precisiones con el fin de garantizar el correcto desarrollo de los viajes o paseos escolares de integración organizados por los diferentes colegios del país.
Minedu indicó que los viajes de estudio, visitas culturales, jornadas o paseos de integración que realizan las y los estudiantes deben contar con un plan de trabajo que detalle los objetivos de aprendizaje, conforme lo regulado por la Resolución Viceministerial N.° 086-2015-Minedu.
Además, deberán constar en el reglamento interno de las instituciones educativas, en caso sean actividades que se realizan de manera recurrente durante dos o más periodos lectivos.
Asimismo, las y los directores de los colegios tienen como responsabilidad verificar la acreditación del cumplimiento de los numerales 6.1 y 6.2 de la mencionada RVM, cuya finalidad es asegurar que las condiciones en que se desarrollen las actividades permitan resguardar la integridad de los estudiantes, debiendo verificar, entre otros, los siguientes requisitos:
- La empresa deberá estar registrada en el Directorio Nacional de los Prestadores de Servicios Turísticos Calificados del Mincetur.
- Estar inscrita en Sunarp
- Contar con licencia de funcionamiento
- SOAT vigente
- Constancia expedida por la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transporte y Comunicaciones (viajes a diferente región) o constancia expedida por la Dirección Regional Sectorial (viajes dentro de la región) que certifique el permiso de la empresa de transporte para realizar este servicio.
- Declaración Jurada de la empresa de transportes en la que precise las características del servicio: tipo de asientos, servicios higiénicos, etc., de las unidades que serán utilizadas.
Asimismo, las y los directores de las II. EE. deberán asegurar y verificar que las empresas de transporte y/o agencias de turismo contratadas cumplan con las condiciones previamente autorizadas durante el embarque y la realización del viaje. El incumplimiento de estas condiciones que pongan en riesgo la integridad física de los estudiantes generaría responsabilidades de índole administrativa y/o penal.
Es necesario recordar que todo viaje o actividad, que se desarrolle fuera de la IE e involucre a estudiantes menores de edad, debe contar con la autorización escrita de los padres o madres de familia o apoderados.
Las direcciones regionales de educación, a través de las unidades de gestión educativa local, son las encargadas de supervisar que se cumpla lo dispuesto en la Resolución Viceministerial N.° 086-2015-Minedu.