¿Qué pasa si la empresa donde trabajo me OBLIGA a tomar vacaciones?
Únete al canal de Whatsapp de WapaLa anticipación del período de vacaciones no se considera un derecho automático para ni el empleado ni el empleador, ya que su aplicación requiere un acuerdo previo por escrito entre ambas partes de la relación laboral.
Además, este acuerdo implica el pago correspondiente de la remuneración, porque se trata de un descanso remunerado que asocia inseparablemente el pago con el período de descanso.
¿Por qué la empresa no puede obligarme a tomar vacaciones?
La normativa del régimen laboral privado establece que, de acuerdo con la regla general, para que un trabajador tenga derecho a tomar vacaciones, debe haber cumplido un año de servicio y acumulado un número mínimo de días laborados en ese año, según la ley (récord vacacional).
Si no cumple con ambos requisitos, el trabajador no tendrá derecho a vacaciones ese año. Sin embargo, con las modificaciones introducidas por el Decreto Legislativo N° 1405 y su reglamento (Decreto Supremo N° 002-2019-TR), se flexibilizó la regulación, permitiendo el adelanto del periodo de vacaciones.
Esta flexibilización posibilita al trabajador disfrutar de un descanso, incluso si no ha cumplido con el récord vacacional correspondiente, y puede gozarlo en periodos de al menos 1 día o incluso superiores a los 30 días calendario.