El sector privado está autorizado por el Gobierno a comercializar la vacuna contra la COVID-19. Esto luego que se aprobara el Reglamento para el Registro Sanitario Condicional de Medicamentos y Productos Biológicos, en el Decreto Supremo 002-2021- SA.
“Durante el primer año de obtenido el registro sanitario condicional, la ANM autoriza la distribución o uso o comercialización de cada lote de vacunas o derivados del plasma humano sin expedición del certificado de liberación de lote emitido por la ANM”, señala.
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El objetivo de esta disposición busca regular el registro sanitario condicional de medicamentos y productos biológicos con estudios clínicos en fase III.
Por tal motivo, se permite a los privados, ya sean laboratorios o droguerías, comercializar la vacuna contra el coronavirus, siempre y cuando completen el registro.
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Para el representante de la Comisión de Salud de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Omar Neyra, este reglamento abre la puerta a esa posibilidad e incluso habría hasta cinco laboratorios interesados en hacerlo.
“Lo positivo que tiene la norma -emitida hoy- es que da la oportunidad al sector privado que pueda hacer importaciones en paralelo al Estado, es decir, un laboratorio o droguería privada en Perú podría presentar -por ejemplo- el día de mañana a la Digemid una solicitud para importar y comercializar la vacuna contra el COVID-19″, detalló.