El documento oficial del séptimo retiro de la AFP en 2024 especifica las disposiciones para aquellos individuos que tengan deudas pendientes por concepto de pensión alimenticia y cómo estas afectarán el monto que recibirán, el cual equivale a 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Únete al canal de Whatsapp de WapaDespués de la aprobación oficial del séptimo retiro de fondos de la AFP en 2024 mediante el reglamento emitido por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), numerosos afiliados en el país están preparados para presentar su solicitud para obtener hasta S/20,600 en las AFP Integra, Habitat, Profuturo y Prima. No obstante, el reglamento oficial establece las normativas y condiciones legales que gobiernan este procedimiento, incluyendo disposiciones sobre la retención de fondos para aquellos sujetos a juicios o demandas.
Este aspecto implica que los afiliados que estén considerando retirar fondos de su AFP y tengan deudas pendientes por pensiones alimenticias deben estar conscientes de la posibilidad de que se les retenga parte del dinero. En el siguiente reportaje, se detallan todos los aspectos relevantes.
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De acuerdo con lo estipulado en el reglamento oficial de la Superintendencia de Banca y Seguros del Perú (SBS), las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) tienen la facultad de retener hasta el 30% del monto retirado por sus afiliados en relación con las deudas por alimentos.
"La AFP es responsable de realizar la retención judicial o convencional, solo respecto de aquellos pronunciamientos derivados de deudas alimentarias, hasta por un máximo del treinta por ciento (30%) del monto retirado en cada desembolso, conforme a lo dispuesto por la Ley", se puede leer en la normativa oficial de la SBS.