La empresaria Karelim López finalmente acudió a la citación que le cursó la Comisión de Fiscalización que emprendió el Congreso tras haberse iniciado investigaciones en su contra por el caso Sarratea.
En representación de la empresaria estuvo su abogado César Pérez. El letrado citó algunos artículos del Congreso, el cual delimitan las limitaciones que tiene este grupo de trabajo.
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"El artículo 23 del reglamento del Congreso y el 35, establecen que siempre las participaciones de las personas ante las comisiones están regidas por el respeto y tolerancia mutua, pero no solo son los únicos lineamientos que establece el Congreso, sino que en el propio artículo 35 se establecen las limitaciones de la actuación de la Comisión de Fiscalización", detalló.
¿Qué buscaba Pérez con esta afirmación? Sustentar que Karelim López se acogerá al derecho al silencio. Refirió que, al estar investigada por el Ministerio Público, sería contraproducente emitir declaraciones al respecto.
"Y una de las limitaciones está basado en el respeto de la Constitución, y por tanto el debido proceso. Y en esa línea, el derecho a silencio, el cual está invocando mi patrocinada, se encuentra recogido en la Constitución. Ese es el límite que marca la actuación de la Comisión de Fiscalización", mencionó.
"Tenemos claro que a este nivel se juzgan hechos y no personas, sin embargo, también hay una discusión de que si la Comisión de Fiscalización puede no reemplazar el trabajo tanto de la actividad jurisdiccional, como en este caso el Ministerio Público", añadió.
El abogado de Karelim López, César Pérez, también reveló que la empresaria se encuentra investigada por tres casos. En base a esto, reafirmó su postura de haber recomendado a su patrocinada de no dar declaraciones ante el Legislativo.
"La señora se encuentra sometida a tres investigaciones. El derecho al silencio está vinculado a muchos aspectos de su defensa técnica y, por tanto, del debido proceso. Es obligatorio por todo respetar", expresó.
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"Por una cuestión también de identidad y conexión de los hechos. La moción de orden del día 1412, que rige el objeto de investigación de esta comisión, establece en su párrafo nueve cuales son los hechos que vinculan a Karelim López Arredondo", detalló.
"Debido a la identidad de los hechos que son objetos de investigación del Ministerio Público, y que también sustentan y fundamentan toda la actuación de esta Comisión, es que nos vemos impedidos a mantener esta posición. Por una cuestión de respeto es que acudimos a la convocatoria de esta sesión de audiencia, pero siempre en aplicación del criterio legal que hemos asumido", concluyó.