A través del Decreto de Urgencia N°114-2021, el Gobierno de Pedro Castillo autorizó el "Apoyo Económico de manera excepcional y por única vez, a heridos de gravedad en las movilizaciones ocurridas entre el 10 y 14 de noviembre, el 1 y 3 de diciembre, y el 20 y 30 de diciembre de 2020".
Asimismo, también se indemnizará "a las personas heridas de gravedad en las movilizaciones ocurridas entre el 10 y 14 de noviembre, el 1 y 3 de diciembre, y el 20 y 30 de diciembre de 2020, así como a los deudos de las personas fallecidas en las movilizaciones ocurridas entre el 20 y 30 de diciembre de 2020, el mismo que no tiene naturaleza resarcitoria ni reparatoria".
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Cabe recordar que durante las manifestaciones desarrolladas en contra del golpista de Manuel Merino de Lama, fallecieron Brian Pintado e Inti Sotelo producto de la represión policial. Esto ocurrió en la noche del pasado 14 de noviembre del año 2020.
Este procedimiento legal, el cual fue publicado este lunes 27 de diciembre de 2021, se sustenta en que el Estado tiene como deber primordial "defender la soberanía nacional, garantizar la vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación".
Será el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, liderados por Aníbal Torres, la que tendrá la responsabilidad de determinar a las personas que recibirán esta indemnización económica.
El Gobierno de Pedro Castillo autorizó montos que van desde 40 mil soles hasta un máximo de 720 mil soles para las personas que resultaron heridas y los deudos de Brian Pintado e Inti Sotelo, quienes fallecieron en la fatídica marcha.
"Se autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a entregar, por única vez, el monto de S/ 40 000,00 (CUARENTA MIL Y 00/100 SOLES), por concepto de apoyo económico por cada persona fallecida en las movilizaciones del 20 al 30 de diciembre de 2020, hasta por un monto máximo de S/ 80 000,00 (OCHENTA MIL Y 00/100 SOLES)", indica la publicación.
"Se autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a entregar, por única vez, el monto de S/ 15 000,00 (QUINCE MIL Y 00/100 SOLES), S/ 25 000,00 (VEINTICINCO MIL Y 00/100 SOLES), y S/ 40 000,00 (CUARENTA MIL Y 00/100 SOLES), según corresponda, por concepto de apoyo económico por cada persona herida de gravedad en las movilizaciones indicadas en el artículo 1, hasta por un monto máximo de S/ 720 000,00 (SETECIENTOS VEINTE MIL Y 00/100 SOLES)", agregan.
Cabe señalar que será la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial la que determinará el monto que le corresponda a cada una de las personas heridas de gravedad.
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"El apoyo económico al que se refiere el presente artículo se otorga mediante subvenciones, las cuales se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en dicho pliego, y se publica en el diario oficial El Peruano", mencionan.
Finalmente, el artículo señala que estos montos destinados no demandan recursos adicionales al Tesoro Público.