Elecciones 2021: ¿Qué acciones constituyen delitos electorales y cuáles son sus sanciones?

Mediante Twitter, el Ministerio Público pidió evitar actuar contra la ley y detalló qué acciones constituyen delito electoral. Únete al canal de Whatsapp de Wapa
    Elecciones 2021: ¿Qué acciones constituyen delitos electorales y cuáles son sus sanciones?
    Elecciones 2021: ¿Qué acciones constituyen delitos electorales y cuáles son sus sanciones? | JNE

    El Ministerio Público hizo hincapié en una serie de acciones que constituyen delito electoral, así como las sanciones correspondientes, a pocas horas de la segunda vuelta de las Elecciones Presidenciales de Perú de 2021, que se realizará el próximo domingo 6 de junio. La población, en especial de aquellos que quieran "pasarse de listos", deben tener en cuenta lo que está estipulado por ley.

    Mediante su cuenta oficial de Twitter, la Fiscalía pidió evitar actuar contra la ley y detalló qué acciones constituyen delito electoral:

    -Hacer propaganda política dentro de las 24 horas previas al 6 de junio tiene una pena privativa de la libertad no menor de 24 meses. -Impedir a un elector ejercer su derecho de sufragio tiene una pena privativa de la libertad no menor de 1 ni mayor de 4 años. -Emplear la violencia o amenaza para impedir el desarrollo del proceso electoral se sanciona con pena privativa de la libertad no menor de 3 años ni mayor de 10. -Inducir a un elector a no votar o a votar en un determinado sentido es sancionado con pena privativa de la libertad no menor de un año ni mayor de 4. -Suplantar a un votante o votar más de una vez se castiga con pena privativa de la libertad no menor de 1 ni mayor de 4 años.
    -Votar con DNI ajeno o sin contar con el derecho al sufragio tiene una pena privativa de la libertad no menor de 6 meses ni mayor de 2 años. -Falsificar o destruir ánforas, actas de escrutinio, registros electorales o DNI tiene una pena privativa de la libertad no menor de 2 años ni mayor de 8. -Portar armas desde un día antes de las elecciones y hasta un día después de ellas se castiga con pena privativa de la libertad no menor de 1 mes ni mayor de 1 año. -Propagar enfermedades peligrosas o contagiosas tiene una pena privativa de la libertad no menor de 3 ni mayor de 10 años.
    -Violar las medidas sanitarias recibe una sanción no menor de 6 meses ni mayor de 3 años. -Vender bebidas alcohólicas incumpliendo la Ley Seca 24 horas antes y 24 horas después del acto electoral recibe una pena privativa de la libertad no mayor de 6 meses.

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    En ese sentido, el Ministerio Público también remarcó que desde el inicio de los comicios –el 6 e junio- identificará delitos contra la voluntad popular, actos de violencia o amenaza contra autoridades electorales, actos que perturben la tranquilidad pública y delitos de discriminación e incitación de la misma.

    “El Ministerio Público se mantiene alerta realizando acciones para prevenir el delito”, advirtió la entidad en su cuenta en Twitter.

    SOBRE EL AUTOR:
    Elecciones 2021: ¿Qué acciones constituyen delitos electorales y cuáles son sus sanciones?

    Periodista especializado en espectáculos nacional e internacional. Licenciado en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactor en Wapa. Interesado en temas relacionados con farándula y celebridades.

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