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¿Qué hacer si te impiden ver a tu hijo y sí pagas la pensión de alimentos?

El abogado especialista en familia brindó ciertas recomendaciones para los padres que no puedan ver a sus hijos.

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    ¿Qué hacer si te impiden ver a tu hijo y sí pagas la pensión de alimentos?
    Los padres deberán tener en cuenta el proceso a seguir en caso no puedan ver a su hijo o hija.

    Muchos padres se preguntan qué pueden hacer si les impiden ver a su hijo o hija, ello a pesar de entregar una pensión de alimentos. En ese sentido, se debe considerar el régimen de visitas planteado para los progenitores de los nacidos dentro del matrimonio. Al respecto, el abogado de familia Ernesto Martínez brindó los pasos a seguir de acuerdo al derecho de familia.

    El especialista especificó que actualmente el régimen de visitas es considerado como un derecho de los menores de edad. Esto se debe a que los hijos son quienes se benefician del contacto que tienen con sus padres y forman vínculos más allá de la relación que tengan sus padres.

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    ¿Qué hacer si la madre de tu hijo te impide verlo?

    Los padres que no puedan ver sus hijos menores de edad a pesar de cumplir con la pensión de alimentos, deberán tener en cuenta el proceso correspondiente. En este caso, los progenitores deberán tener en cuenta que incumplir con el régimen de visitas significa el posible inicio de un proceso judicial.

    Es decir, podrán iniciar el trámite en caso imposibiliten al menor de acudir con el padre. Es importante mencionar que, la acción deberá ser inmediata con la finalidad de evitar que se realice una alegación afirmando que el hijo o hija ya está acostumbrado a uno de los padres.

    “Solicitarle a este juez que tuvo el caso que desarchiven el expediente y piden la ejecución de esa sentencia. (Por ejemplo), una señora no ha retornado al niño, el juez oficiaba a la comisaría, te mandan con una dotación policial y le exigían a la señora la entrega del niño”, refiere el especialista Martínez. 

    Cae resaltar que, si el padre o madre no se encuentra de acuerdo con una sentencia en específico, deberán solicitar el cambio judicialmente. No obstante, mientras dura el proceso deberán cumplirlo hasta la fecha de modificación.

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    ¿Qué es un régimen de visitas y qué sucede si no se cumple?

    El abogado de familia Ernesto Martínez señaló que el régimen de visitas debe establecerse de manera voluntaria y conciliadora. Asimismo, explicó que existen ciertas variaciones de acuerdo a la edad del menor de edad y la costumbre o continuidad del vínculo.

    “El régimen de visitas debe establecerse de manera voluntaria y conciliatoria si es que es posible. De lo contrario, es un juez el que lo va a definir mediante una solicitud de alguno de los padres en el juzgado de familia de su sector”, mención en una entrevista para un medio nacional.

    Es importante mencionar que, el régimen de visitas es pactado en un centro de conciliación, es decir, a través de una sentencia. En caso de incumplimiento continuo, el padre o madre puede solicitar la tenencia exclusiva del menor.

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