Sunat permitirá postergar declaraciones y pagos de impuestos a contribuyentes con domicilio fiscal en zonas declaradas en emergencia por desastres naturales.
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La Sunat aplicará facilidades tributarias a personas y empresas cuyo domicilio fiscal se encuentre en distritos declarados en estado de emergencia por desastres naturales. La medida permitirá ampliar los plazos para presentar declaraciones y pagar determinadas obligaciones, sin necesidad de realizar una solicitud previa.
El beneficio no elimina impuestos ni deudas. Los contribuyentes deberán cumplir con sus obligaciones en las nuevas fechas que correspondan según el cronograma especial habilitado por la administración tributaria.
La condición principal es que el domicilio fiscal del contribuyente esté ubicado en un distrito incluido expresamente en un decreto supremo de emergencia por desastres naturales.
La Sunat identifica a los beneficiarios de manera automática tomando en cuenta la dirección fiscal registrada cuando se publica la declaratoria. La prórroga no se aplica a los contribuyentes que forman parte del directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales.
Por ello, no basta con que una persona o empresa opere en una zona afectada por lluvias, huaicos o inundaciones: su domicilio fiscal debe encontrarse dentro del ámbito oficialmente declarado en emergencia.
La medida puede ampliar los vencimientos de las declaraciones y pagos mensuales, además de contemplar tratamientos especiales para fraccionamientos o refinanciamientos. En algunas declaratorias también se incluyen otras facilidades, como nuevas fechas para determinados registros electrónicos.
Esto puede beneficiar, por ejemplo, a personas naturales con negocio, trabajadores independientes y empresas que deban declarar IGV, pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, retenciones u otras obligaciones mensuales.
En cambio, un trabajador dependiente en planilla normalmente no realiza directamente el pago mensual del Impuesto a la Renta de quinta categoría, pues esa obligación es retenida y declarada por su empleador.
Los contribuyentes pueden revisar si cuentan con una prórroga mediante el Cronograma de Obligaciones Mensuales Personalizado de la Sunat.
La entidad indica que se debe ingresar a su portal, acceder a su portal, acceder a Ver Cronograma de Vencimientos, seleccionar Cronograma de Obligaciones Mensuales Personalizado y luego consultar el Reporte Personalizado utilizando el número de RUC.
Las nuevas fechas se establecen de acuerdo con la normativa aplicable y la declaratoria de emergencia correspondiente.
La facilidad únicamente posterga el vencimiento. Es decir, la obligación tributaria continúa vigente y deberá ser pagada cuando llegue la nueva fecha.
La Resolución de Superintendencia N.º 051-2019/SUNAT permite establecer cronogramas especiales para contribuyentes ubicados en zonas afectadas por desastres naturales, siempre que se cumplan las condiciones previstas en la norma.
De esta manera, la medida busca dar mayor margen a personas y negocios que puedan ver afectada su capacidad operativa por lluvias intensas, inundaciones, huaicos u otras emergencias.