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23 Mar 2020 | 17:03 h

‘Cabify Héroes’: El nuevo servicio de movilidad para tiempos de estado de emergencia

‘Cabify Héroes’ permitirá a los trabajadores autorizadosusar dicho servicio para trasladarse a su centro de labores.

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    El aplicativo móvil de servicio de taxi Cabify ha puesto a disposición de los usuarios su nueva categoría denominada ‘Cabify Héroes’, el motivo de esta nueva es para facilitar la movilización de los ciudadanos en casos de emergencias, las cuales están estipuladas en el Decreto de Urgencia dictado por el gobierno de Vizcarra para frenar los contagios de coronavirus en el Perú.

    “con el fin de ayudar y facilitar la movilidad en los casos necesarios y autorizados por el Decreto Supremo N 044-2020- PCM”, indicó la entidad a través de un comunicado. De acuerdo a Cabify, esta es una opción temporal que estará disponible a través de su app.

    Los usuarios podrán acceder a ‘Cabify Héroes’ entre las 5:00 a.m. y 7:30 p.m., además, agregaron que solo circularán en dicha categoría los taxis registrados y autorizados por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU).

    Aquellas personas que deban trabajar en centros de salud, bancos, farmacias, grifos, medios de comunicación y centrales telefónicas, o tienen emergencias de salud, podrán acceder a dicho servicio de transporte.

    ¿Qué es un estado de emergencia?

    El estado de emergencia se dicta, generalmente, en caso de perturbación de la paz o del orden interno de un Estado, como lo ha generado la llegada del coronavirus al Perú. La Constitución prevé un papel del Parlamento en su convocatoria y en su conclusión. Durante este estado, las fuerzas armadas de un país pueden asumir el control de orden interno.

    ¿Qué libertades están restringidas?

    Durante este, el gobierno restringe o suspende el ejercicio de algunos derechos ciudadanos en virtud de la defensa o seguridad nacional. Los derechos restringidos pueden son relativos a la libertad y seguridad personal, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito.

    ¿Quiénes pueden circular por las vías de uso público?

    - Alimentaria: Aquellos que apoyen en la adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, incluido el almacenamiento y distribución para la venta del público.

    - Farmacéutica: Aquellos que trabajen en la adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.

    - Salud: Asistencia a centros, servicios y establecimientos de salud, así como centros de diagnóstico, en casos de emergencias.

    - Residencia: Retorno al lugar de residencia habitual.

    - Cuidado de personas: Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.

    - Finanzas, seguros y pensiones: Entidades financieras, seguros y pensiones, así como los servicios complementarios y conexos que garanticen su adecuado funcionamiento.

    - Combustible: Producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible.

    - Medios de comunicación: Medios de comunicación y centrales de atención telefónica.