Ivonne Macassi León, coordinadora del Programa de Derechos Humanos, habló con Wapa.pe sobre este tema y manifestó que en nuestro país se reconoció esta modalidad de violencia, gracias a la labor de diversos colectivos de sociedad civil, en el año 2015 mediante la Ley 30314 “Ley para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos”, la cual define esta violencia como aquella conducta física o verbal de naturaleza o connotación sexual realizada por una o más personas en contra de otra u otras, quienes no desean o la rechazan por considerar que afectan su dignidad y sus derechos fundamentales: estas conductas crean en las víctimas intimidación, humillación o en general un espacio público ofensivo u hostil.
Ejemplos concretos de conductas, son: gestos con connotación sexual, miradas insistentes a determinadas zonas del cuerpo, masturbación pública, silbidos, roces corporales, exhibicionismo o mostrar genitales e insinuaciones de carácter sexual.
Podemos determinar dos características principales de esta forma de violencia de género. Primero que se encuentra casi normalizada, siendo incluso, algunas prácticas, denominadas “piropos” desconociendo que son intromisiones a la esfera privada de otra persona, que afectan sus derechos fundamentales como a la integridad, la libertad y el libre tránsito; y que en el sistema de género existente ocasiona que sean las mujeres y la población LGBTI quienes mayoritariamente sean víctimas de esta forma de violencia. En segundo lugar, e íntimamente relacionada a la primera es que en la mayoría de los casos las personas agresoras suelen ser desconocidas para la víctima, en ese sentido la intervención conjunta con los gobiernos locales como parte de la estrategia de seguridad ciudadana es fundamental.
La Ley 30314 estableció responsabilidades en los sectores Mujer, Salud, Transporte y Comunicaciones, así como a los Gobiernos regionales, locales y Policía nacional del Perú; a fin de prevenir esta problemática y brindar una atención adecuada a las víctimas de esta violencia. Hasta el momento sólo 14 provincias y 51 distritos a nivel nacional cuentan con normativa que establece medidas administrativas para su sanción o la realización de acciones de promoción.
Finalmente, es importante recordar que desde septiembre de 2018 muchas de las conductas conocidas como acoso callejero también pueden ser sancionadas como delitos.