¿Tienes deudas? Si estás pensando retirar tus ahorros de la AFP, descubre en qué ocasiones te pueden retener el desembolso.
Únete al canal de Whatsapp de WapaLuego que el Ejecutivo promulgara la ley que autoriza el séptimo retiro de las AFP, han aparecido varias incógnitas entre las personas sobre el retiro de hasta S/20.600, o sea hasta 4 unidades impositivas tributarias (UIT). Entre ellas, está si los bancos pueden embargar el dinero desembolsado si se tiene una deuda, o si te pueden retener el retiro de la máxima cantidad. Aquí te los explicamos con más detalles sobre esta pregunta, situación que preocupa a muchos ciudadanos.
Ya se autorizó la ley N° 32002 para el séptimo retiro del Sistema Privado de Pensiones (SPP) para todas las personas que están afiliadas, sin importar la edad y los años de aporte.
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En el artículo 3, titulado “Intangibilidad de fondos”, se lee que el dinero que se desembolse “no podrá ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados”.
En conclusión, sin ninguna causa, el banco no podrá quedarse con el dinero que una decida desembolsar de la AFP. No obstante, las entidades bancarias sí tienen la posibilidad de retener el dinero en estas situaciones.
Así como lo explica la normativa en el apartado 3.2, la única excepción en el que afiliado no podrá acceder a su dinero del AFP es cuando tiene una deuda alimentaria, donde solo podrá retirar hasta un máximo de 30%.
"Lo señalado en el presente artículo no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado"
Las deudas alimentarias son las deudas determinadas por resoluciones judiciales que afirman la manutención de personas dependientes, como los hijos o cónyuges.
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Si bien, aún no hay una fecha oficial para solicitar el retiro de los ahorros de la AFP, ya que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) primero tiene que emitir el reglamento de ley, tiene un plazo de 15 días calendario desde la autorización. Eso quiere decir, que más o menos para el 3 de mayo.
Una vez que el reglamento de ley sea promulgado, cada AFP, Habitat, Prima, Integra o Profuturo, deberá publicar su propio cronograma, donde se dé las fechas de solicitudes y de los pagos en que se darán los retiros.
El jueves 11 de abril el Congreso aprobó la liberación de hasta máximo 4 UIT de las cuentas de AFP, lo que más o menos es 20,600 soles peruanos. Este régimen fue respaldado por 97 votos a favor, con el objetivo de mejorar la situación económica de los peruanos.
Si quieres conocer el saldo total de tu fondo de pensiones y verificar cómo va la rentabilidad que el Sistema Privado de Pensiones (SPP) ha generado para ti, lo que puedes hacer es acceder a tu estado de cuenta mediante la página web o el aplicativo móvil de tu AFP.