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30 Dic 2021 | 8:10 h

Vásquez sobre disposición del MTC: "Obedece a una medida que el Congreso aprobó"

Mirtha Vásquez explicó que la disposición del MTC para el padrón de transportistas de taxis colectivos tiene como objetivo "tener un diagnóstico de este tipo de unidades".

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    Vásquez sobre disposición del MTC: | Difusión

    Mirtha Vásquez, presidenta del Consejo de Ministros, habló sobre la nueva disposición del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) de generar un padrón para los autos colectivos. Ante la ausencia del ministro Juan Silva en la conferencia de prensa después de la reunión de ministros, Vásquez señaló que esta disposición obedece a la ley que aprobó el anterior Congreso para la formalización de los taxi colectivo.

    "Es una disposición dada por el MTC y obedece a una medida que hay que cumplir: el Congreso aprobó la ley 31096 donde regula el transporte colectivo no en ciudad de Lima, pero sí en ciudades donde no hay otro tipo de transportes", refirió Vásquez Chuquilin.

    Del mismo modo, refirió que la medida busca generar un registro para saber cuáles son las zonas en las que hay esa demanda con preferencia de ese tipo de transporte. "No es una medida conforme lo han indicado desde el MTC que otorgue autorización o habilitación a este tipo de transporte, pero vamos a ir mirando cómo se desarrolla, porque el objetivo es tener un diagnóstico de este tipo de unidades", detalló.

    Al ser consultada por la ausencia reiterada del ministro Silva de las conferencias de prensa tras los Consejos de Ministros, Vásquez argumentó que a partir de enero, se llevarán a cabo ruedas de prensa por sector.

    Empadronamiento

    El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), liderada por Juan Silva, aprobó el Padrón de prestadores del servicio de transporte de personas en auto colectivo. La inscripción o registro de información de las personas naturales y jurídicas en el padrón se realiza mediante los medios físicos o electrónicos que implementa la Sutran. Los detalles proporcionados tiene el carácter de declaración jurada.

    Las personas jurídicas que hayan cumplido con el empadronamiento previsto en la presente Resolución Ministerial pueden obtener la autorización para prestar el Servicio Temporal de Transporte Terrestre de Pasajeros en Automóvil Colectivo siempre que cumplan con los requisitos y condiciones técnicas que se establezcan en el Reglamento de la Ley N° 31096. Esta nueva disposición tendrá mucha cola en los diversos sectores de transportistas que han tenido que ceñirse a los reglamentos impuestos por SUTRAN en años pasados.