La COVID-19 sigue más presente que nunca con la nueva variante Ómicron. El Gobierno de Pedro Castillo ha dispuesto nuevas restricciones para los días 24 y 25 de diciembre (Noche Buena y Navidad) durante el estado de emergencia por la pandemia. El objetivo de la normativa es frenar el avance de la enfermedad, el nuevo linaje del virus que ha contagiado a 47 personas hasta el momento en la capital.
Frente a esta inminente proliferación de la enfermedad, , entérate de todo lo que está permitido y prohibido para estas fiestas navideñas, el toque de queda y multas por incumplir algunas medidas del Decreto Supremo.
Si tienes en menste salir de casa para acudir a un espacio cerrado público, deberás mostrar tu carnet de vacunación, físico o digital, y a la vez un documento de identificación (DNI) que certifique que has recibido dos dosis de la vacuna contra la COVID-19.
El acceso a las playas no estará prohibido, pero las municipalidades tendrán que permitir el ingreso de los ciudadanos con previa presentación del carnet de vacunación y así evitar la proliferación de la enfermedad.
MIRAR: Cercado de Lima: Adolescente intentó robar mochila a transeúnte y terminó abatido
PUEDES VER: Vásquez sobre Córdova: "Nos preocupa la imparcialidad de quien tiene que llevar esta investigación"
Para estas fechas, los aforos en los distintos establecimientos comerciales del país serán disminuidos del 80% al 60% para las fiestas de Navidad y Año Nuevo.
De otro lado, al igual que el 1 de enero, las reuniones sociales que se organicen en el territorio peruano estarán prohibidas, incluidos los eventos sociales y visitas de familiares durante la Nochebuena y Navidad.
La inmovilización social obligatoria, llamado también toque de queda, iniciará desde la 11.00 p. m. hasta las 4.00 a. m. del día siguiente. Deberá ser cumplido a nivel nacional y ya no por regiones de nivel de alerta extremo o moderado. La PNP y las FF. AA. recorrerán las principales calles de todo el Perú con el objetivo de intervenir a los infractores.
Sí, según la nueva disposición del Gobierno, habrán multas por incumplir las restricciones. De acuerdo indica el Decreto Legislativo N.º 1458, las sanciones económicas pueden ir desde los S/ 88 hasta los S/ 440. Si no cancelas la multa en el Banco de la Nación (BN) en los cinco días hábiles posteriores al de tu sanción, no podrás realizar ningún trámite ante cualquier entidad del Estado.