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24 Dic 2021 | 10:16 h

Horario del toque de queda, restricciones y multas para el 24 y 25 de diciembre

Restricciones de diciembre y enero. Conoce las medidas que debes respetar para celebrar la Navidad ante la nueva variante Ómicron de la COVID-19.

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    Horario del toque de queda, restricciones y multas para el 24 y 25 de diciembre | Archivo LR

    La COVID-19 sigue más presente que nunca con la nueva variante Ómicron. El Gobierno de Pedro Castillo ha dispuesto nuevas restricciones para los días 24 y 25 de diciembre (Noche Buena y Navidad) durante el estado de emergencia por la pandemia. El objetivo de la normativa es frenar el avance de la enfermedad, el nuevo linaje del virus que ha contagiado a 47 personas hasta el momento en la capital.

    Frente a esta inminente proliferación de la enfermedad, , entérate de todo lo que está permitido y prohibido para estas fiestas navideñas, el toque de queda y multas por incumplir algunas medidas del Decreto Supremo.

    ¿Qué estará permitido el 24 y 25 de diciembre?

    Si tienes en menste salir de casa para acudir a un espacio cerrado público, deberás mostrar tu carnet de vacunación, físico o digital, y a la vez un documento de identificación (DNI) que certifique que has recibido dos dosis de la vacuna contra la COVID-19.

    El acceso a las playas no estará prohibido, pero las municipalidades tendrán que permitir el ingreso de los ciudadanos con previa presentación del carnet de vacunación y así evitar la proliferación de la enfermedad.

    ¿Cuáles son las restricciones para Navidad?

    Para estas fechas, los aforos en los distintos establecimientos comerciales del país serán disminuidos del 80% al 60% para las fiestas de Navidad y Año Nuevo.

    De otro lado, al igual que el 1 de enero, las reuniones sociales que se organicen en el territorio peruano estarán prohibidas, incluidos los eventos sociales y visitas de familiares durante la Nochebuena y Navidad.

    ¿A qué hora inicia el toque de queda?

    La inmovilización social obligatoria, llamado también toque de queda, iniciará desde la 11.00 p. m. hasta las 4.00 a. m. del día siguiente. Deberá ser cumplido a nivel nacional y ya no por regiones de nivel de alerta extremo o moderado. La PNP y las FF. AA. recorrerán las principales calles de todo el Perú con el objetivo de intervenir a los infractores.

    ¿Habrán multas por incumplir la normativa?

    Sí, según la nueva disposición del Gobierno, habrán multas por incumplir las restricciones. De acuerdo indica el Decreto Legislativo N.º 1458, las sanciones económicas pueden ir desde los S/ 88 hasta los S/ 440. Si no cancelas la multa en el Banco de la Nación (BN) en los cinco días hábiles posteriores al de tu sanción, no podrás realizar ningún trámite ante cualquier entidad del Estado.