Mediante el Decreto Supremo 002-2018-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas dictaminó que los funcionarios, servidores públicos y algunos pensionistas reciban una bonificación por escolaridad de S/. 400 soles.
Este decreto fue publicado el día de hoy en el Diario Oficial El Peruano, donde se indica las disposiciones sobre la entrega del bono y la fecha del pago. Esta bonificación por escolaridad se financiará con cargo a los créditos presupuestarios asignados para dicho fin en el presupuesto institucional de las entidades públicas.
La bonificación por escolaridad se otorga a los funcionarios, servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo 276 y la Ley 29944; así como a otros trabajadores que se rigen a las leyes del decreto.
El personal beneficiario tendrá derecho a percibir la bonificación por escolaridad, siempre y cuando cumplan con ciertas condiciones. La primera de ellas es laborar en la fecha de vigencia de la presente norma, así como refiere la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud. Y lo segundo es contar con una antigüedad no menor de tres meses a la fecha prevista, si no contará con el referido tiempo de tres meses, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses laborados.
La bonificación por escolaridad no está afecta a ningún tipo de descuento, así sea por cargas sociales, fondos especiales de retiro ni aportaciones al Sistema Privado de Pensiones.