A raíz de la disminución de las hospitalizaciones y muertos por COVID-19 en los últimos meses y el fin de la tercera ola confirmada por el propio CDC del Minsa, el Gobierno decidió nuevas medidas sanitarias que regirán a partir desde el domingo 1 de mayo, tanto a nivel nacional como en algunas regiones del país.
Las autoridades flexibilizaron algunas de las tantas restricciones, mientras que otras optaron por mantenerlas con el objetivo de disminuir el riesgo de contagio de la COVID-19. El pasado 23 de abril, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo N° 041-2022-PCM, se extendió el estado de emergencia por 31 días calendario a partir del 1 de mayo próximo, y se detalló la siguiente reglamentación:
- Uso facultativo de mascarillas en espacios abiertos, en 5 regiones
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- Niños de 5 años en estadios
- Presencialidad en trabajos
- Transporte aéreo nacional
¿En qué regiones la utilización de las mascarillas ya no será obligatorias?
El uso de la mascarilla será facultativo solo en lugares abiertos y en las regiones donde el 80% de la población mayor de los 60 ya hayan recibido las 3 dosis de la vacuna contra la COVID-19, y que el 80% de los menores de 12 años tengan sus dos dosis.
Aunque será opcional la utilización de las mascarillas en espacios abiertos, esto debe ser cumplido siempre y cuando se garantice el distanciamiento físico o corporal. Según al vocero del Minsa, César Munayco, solo Lima Metropolitana, Lima provincias, Callao, Ica y Áncash cumplen con los requisitos para esta aplicar medida.
Cabe recalcar que el Decreto Supremo aclara que todavía es obligatorio el uso de una mascarilla KN95 o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima una de tela, para poder caminar por las vías de uso público y en lugares cerrados.
Solo las instituciones educativas no se aplicará el distanciamiento social, después de que en Consejo de Ministros se ratificó el funcionamiento de escuelas y colegios con un aforo del 100%. La regla aclara que en el resto de las actividades sociales y comerciales se deberá respetar la separación no menor de un metro, entre personas.
Además, el decreto que regirá desde mañana 1 de mayo, los niños y adolescentes entre 5 y 17 años, podrán entrar a coliseos y estadios deportivos solo si presentan su carnet físico o virtual que acredite que tengan al menos de dos dosis de la vacuna contra la COVID-19.
El Decreto Supremo Nº 041-2022-PCM indica que el resto de la población, desde los 18 años, tienen la obligación de demostrar que tienen las tres dosis de la vacuna para poder entrar a los mencionados espacios.
El decreto también habrá sobre los trabajadores civiles (públicos) que tiene sus dosis completas contra la COVID-19 deberán regresar a sus centros de labores desde el 1 de mayo. Aquellas que presenten factores de riesgo, realizarán trabajo remoto o mixto.
“En el caso de los prestadores de servicios de la actividad privada que no cuenten con la aplicación de las tres dosis de vacunación contra COVID, deben prestar servicios a través de la modalidad de trabajo remoto”, refiere.