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21 Ene 2022 | 13:29 h

Minsa reduce a siete días el aislamiento y descanso médico por COVID-19

El tiempo de aislamiento y descanso médico por COVID-19 varió de acuerdo a las comorbilidades y vacunación de cada paciente.

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    El tiempo de aislamiento de los pacientes con COVID-19 varió significativamente. | Foto: Difusión

    El Ministerio de Salud (Minsa) informó la reducción del periodo de aislamiento y descanso médico para las personas contagiadas de COVID-19. La medida fue oficializada a través del diario El Peruano, donde se modifica el manejo del aislamiento en pacientes infectados.

    La decisión del Minsa se da durante el incremento de casos debido a la tercera ola; no obstante, la medida responde al corto tiempo que permanece el virus en el organismo de las personas.

    La Resolución Ministerial 018-2022, señala que el manejo de la cuarentena para pacientes con COVID-19 dependerá de si es un caso con comorbilidades o no.

    Al respecto, los pacientes con comorbilidades y vacunación incompleta que sean positivos para la enfermedad deberán aislarse por 10 días. Es importante mencionar que, este caso aplica para las personas sin signos de alarma.

    Aquellas personas que tengan COVID-19 pero no tengan comorbilidades, sean asintomáticos y tengan la vacunación completa tendrán un periodo de 7 días de aislamiento.

    La norma también señala que los contactos domiciliarios de un caso sospechoso o confirmado de COVID-19 con factores de riesgo y/o sin vacunación completa el aislamiento será de 7 días, pudiendo suspenderse al quinto día si se cuenta con una prueba molecular negativa tomada el día tres o posteriormente.

    Cabe resaltar que, las personas que muestren signos de alarma ante la enfermedad deberán trasladarse a un centro de salud para ser atendido de emergencia.

    Aislamiento por COVID-19 en el ámbito laboral

    Los trabajadores que hayan finalizado su proceso de aislamiento deberán presentar su constancia de descanso médico, la cual será expedida en los siguientes casos:

    1.- Ingresando al sistema de https://teleatiendo.minsa.gob.pe/. De este modo, el certificado será enviado a su correo o celular luego de la atención médica en un plazo no mayor a 24 horas.

    2.-Comunicándose con la Línea 113 o las líneas habilitadas por las Direcciones Regionales de Salud (Diresa) o Gerencias Regionales de Salud (Geresa).

    3.- Siendo atendido por un médico del sistema público o privado.

    Por otro lado, los trabajadores que realicen un aislamiento en el ámbito comunitario no deberán presentar un documento que otorgue el descanso médico o el resultado de una prueba molecular o de antígeno para detección de COVID-19. Solo deberán comunicar al empleador su estado de salud para el seguimiento correspondiente.

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