La Semana Santa de este año también tendrá restricciones movilidad, pues se intenta evitar controlar los contagios de la COVID-19 en el Perú.
Del 01 al 04 de abril el Gobierno ha dispuesto una serie de medidas que incluyen la inmovilización social obligatoria a nivel nacional, por lo que solo estarán permitidas un grupo de actividades comerciales.
De acuerdo con el Decreto Supremo 058-2021-PCM, publicado el fin de semana en el diario El Peruano, estas son las actividades económicas que podrán funcionar:
1.Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad: Los supermercados, mercados, mercados itinerantes y bodegas podrán funcionar desde las 04:00 a.m. hasta las 06:00 p.m.
Su aforo dependerá de la zona en la que se encuentre el establecimiento. Por ejemplo, en las zonas con nivel de alerta extremo estos negocios pueden funcionar al 40% de su capacidad.
En las regiones con nivel de alerta muy alto las tiendas de abastecimiento podrán funcionar en un 50%. Mientras que en las zonas que tienen solo un nivel de alerta alto podrán operar al 60% de su aforo.
2.Farmacias: El servicio de farmacias y boticas solo podrán funcionar a través de delivery durante las 24 horas.
3.Restaurantes: El servicio de restaurante podrá operar en la modalidad de entrega a domicilio desde las 04:00 a.m. hasta las 11:00 p.m. También se permitirá el recojo de alimentos en los establecimientos.
Cabe recordar que el servicio de transporte interprovincial de personas por vía terrestre y aérea estará restringido desde el 01 al 03 de abril. El 04 de abril sí podrán operar los vuelos y viajes terrestres.