El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 decidió excluir a George Forsyth de la carrera a elecciones generales de 2021 por haber omitido información en su hoja de vida respecto a ingresos por acciones que tiene en diferentes empresas.
Asimismo, también se declara improcedente las candidaturas de la primera y segunda vicepresidencia del partido Victoria Nacional, las que eran integradas por Patricia Arévalo y Jorge Chávez, respectivamente.
El JEE ha decidido excluir de esta misma manera a otros aspirantes que no consignan información relevante en sus hojas de vida, en base a las normas electorales que rigen para los comicios. La medida puede ser apelada ante el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), entidad cuya decisión es definitiva.
De acuerdo al informe del fiscalizador, el aspirante presidencial solo declaró cuatro empresas en las que tenía acciones, omitiendo la información de otras seis. De este último grupo, tres continúan con estado tributario activo de las cuales “no ha declarado ningún ingreso por ese concepto”.
Agregan que a pesar que dos compañías se encuentran temporalmente suspendidas a efectos tributarios “ello no implica que necesariamente ya no sigan desarrollando actividades económicas o propias del rubro comercial al que pertenecen y por ende puedan generar renta”.
Como ejemplo, detallan la situación de las empresas INVERSIONES F.B.G. S.A.C. que percibió rentas ingresos de cuarta categoría por la suma de S/. 53.595.00 en el 2019, pese a que estuvo suspendida desde el 2014.
En la resolución N° 00520-2021 además señalan que en la documentación que presentó el exalcalde de La Victoria existen varias inconsistencias como la cantidad de sus ingresos cuando lideraba la Municipalidad de La Victoria.
"Sobre este caso, la organización política aceptó como un “error de cálculo” al considerar el sueldo era del 2020, mientras que la norma estipula que debe ser de 2019, el que asciende a la suma de S/ 154.468.00 (S/100.873.00 de ingresos correspondientes al sector público y S/53,595.00 de ingresos del sector privado).
Ante esta información errada, pidieron que se agregue una anotación marginal corrigiendo la cantidad mencionada. Esta solicitud fue declarada improcedente por el JEE Lima Centro 1 señalando que “no puede alterarse el contenido sustancial de la hoja de vida”.
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Villalobos: “Tiene que apelar que es un error más que una omisión”
Para el especialista José Manuel Villalobos, director ejecutivo del Instituto Peruano de Derecho Electoral (IPDE), este caso se trataría de un error de información que George Forsyth incurrió en su hoja de vida.
El experto señala que de acuerdo a la resolución el principal problema es que el candidato consignó la información pero del 2020 y no del 2019, como se establecía en los mismos formularios.
“Lo que tiene que apelar es que se considere esto un error más que una omisión. Porque en realidad no ha habido una omisión porque se ha puesto información, sino que no es la que debe ir”, señaló para La República.
Para Villalobos si el JNE considera que se trató de un error material, una confusión de consignar otros datos por parte del postulante al sillón presidencial “no lo excluiría” de la carrera electoral.
Con información de: La República.