El presidente Martín Vizcarra declaró ayer, en Estado de Emergencia el país, por lo que exhortó a la población a aislarse obligatoriamente por 15 días, a excepción de personas que laboran en rubros específicos. Sin embargo, rubros que han sido prohibidos no cumplen con la norma establecida y exponen a sus trabajadores a contagiarse con el coronavirus.
En Twitter, las denuncias públicas han invadido la red social entre las primeras horas del inicio de la cuarentena. Los usuarios denuncian que las empresas en las que trabajan les ha ordenado a presentarse hoy 16 de marzo, a pesar de la drástica norma que implica quedarse en su domicilio para evitar una mayor propagación del COVID-19.
Una joven que realizaba la respectiva cola para subir a un bus del Metropolitano, fue entrevistada por el noticiero de Latina, ella informaba que debía ir al tragamonedas dónde trabaja, porque su empleador se lo estaba exigiendo.
De igual manera, muchos empleadores y representantes de empresas no reconocidas sugirieron a su personal mentir que estaban yendo al banco o a la farmacia para que los miembros policiales y de las Fuerzas Armadas no se les impida. Incluso, algunos de ellos los han amenazado con despedirlos, según la versión de los usuarios.
Cabe indicar que, el Decreto de Urgencia indica que las empresas, pueden optar por el trabajo desde casa,y que estas tienen el compromiso de brindar la orientación y los recursos necesarios para cumplir la labor.
Tras ello, la Ministra de Salud reveló actualizó la nueva cantidad de contagiados por COVID-19 en el Perú. Son 86 casos positivos.
El estado de emergencia se dicta, generalmente, en caso de perturbación de la paz o del orden interno de un Estado, como lo ha generado la llegada del coronavirus al Perú. La Constitución prevé un papel del Parlamento en su convocatoria y en su conclusión. Durante este estado, las fuerzas armadas de un país pueden asumir el control de orden interno.
Durante este, el gobierno restringe o suspende el ejercicio de algunos derechos ciudadanos en virtud de la defensa o seguridad nacional. Los derechos restringidos pueden son relativos a la libertad y seguridad personal, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito.
- Alimentaria: Aquellos que apoyen en la adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, incluido el almacenamiento y distribución para la venta del público.
- Farmacéutica: Aquellos que trabajen en la adquisición, producción y abastecimiento de productos farmacéuticos y de primera necesidad.
- Salud: Asistencia a centros, servicios y establecimientos de salud, así como centros de diagnóstico, en casos de emergencias.
- Residencia: Retorno al lugar de residencia habitual.
- Cuidado de personas: Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad.
NO TE LO PIERDAS: Suspenderán servicio telefónico a quienes hagan llamadas falsas a los números de emergencia
- Finanzas, seguros y pensiones: Entidades financieras, seguros y pensiones, así como los servicios complementarios y conexos que garanticen su adecuado funcionamiento.
- Combustible: Producción, almacenamiento, transporte, distribución y venta de combustible.
- Medios de comunicación: Medios de comunicación y centrales de atención telefónica.