Muchos son los casos de mujeres u hombres que no saben cómo calcular la pensión de alimentos. Pues bien, este cálculo es en función a los ingresos del demandado o demandada. Aquí te enseñamos cómo.
El porcentaje máximo es el 60%, según el inciso 6 del artículo 648 del Código Procesal Civil.
Si el demandado gana S/ 1200.00, le debería dar a su hijo S/. 720.00. Ojo, si se trata de un solo hijo.
Según el especialista en familia y derecho civil, Roberto Salas Ortiz, entrevustado por el diario Correo, señaló que la pensión varía de acuerdo diversos factores.
- Alguna dificultad o enfermedad del hijo- El número de hijo del demandado
Respecto al número de hijos, los jueces estiman que el demandado debe darle a su hijo del 20 a 30 % de sus ingresos.
Si el menor no tiene ninguna enfermedad o discapacidad, el porcentaje debería de ser de un 20%, pero si el niño tiene desnutrición o alguna discapacidad, la pensión debería ser mayor.
Además, dependerá de la cantidad de hijos del demandado.
La pensión de alimentos se entrega hasta qque el hijo cumpla la mayoría de edad, según la norma. Sin embargo, el especialista señala que existen excepciones, pues si el hijo cursa estudios superiores, el demandado debería pasarle la pensión hasta que éste termine sus estudios, aproximadamente hasta los 23 años.
- Partida de nacimiento del menor que cuente con la firma del apoderado.
- Adjuntar la copia del DNI de la madre
- Recibo de gastos (servicios y alimentos)
- Ficha de Reniec del demandado para determine la ubicación fiscal
Si no cumple con la pesión por un periodo de 3 meses, la madre puede acercarse al Poder Judicial y registrarlo en el REDAM (Registro de Deudores Alimentarios Morosos). Este registro calificará al demandado como un deudor, hecho que lo perjudicará si quiere algún tipo de prestamo bancario.