Desde el año 2009 la gratificación designada de Fiestas Patrias viene con una “bonificación extraordinaria” y este año permanece vigente y no habrá excepción.
Con el objetivo de dinamizar el movimiento económico, el Ejecutivo dispuso –desde el 2009- que la contribución a EsSalud realizada sobre las gratificaciones de julio y diciembre (9% del importe total) sea pagada directamente a los trabajadores bajo la denominación “bonificación extraordinaria”.
La gratificación es una bonificación para el sector privado. Un bono libre de descuentos más el monto que el empleador le paga a EsSalud (9%) o a una EPS (6.5%) conforme a la Ley N°30334.
El plazo para efectuar el pago del derecho a gratificación tiene fecha hasta el día lunes 15/07/19.
En el caso las empresas no realicen el pago a tiempo podrían recibir una multa que va de desde 3 UIT (S/ 12,600) hasta 50 IUT (S/ 210,000).
Para recibir el derecho a gratificación de julio los trabajadores del sector privado que estén en planilla tendrán que haber laborado al menos 1 mes entre enero y junio de 2019.
Si el trabajador estuvo desde 01-01-19 en la planilla de una empresa, la gratificación será del monto integro de 1 sueldo bruto.
Además, este monto no deberá estar sujeto a ningún descuento (AFP, Impuesto a la Renta, etc.).
Cabe resaltar que sobre este monto también se recibirá una Bonificación Extraordinaria del 9% del sueldo que corresponde al aporte a EsSalud.
Esto quiere decir que se recibirá un monto superior al sueldo neto que normalmente se obtiene cada mes.