La pandemia del COVID-19 ha llevado a la ruina financiera a miles de negocios y despido de trabajadores. Hoy en día, encontrar trabajo puede ser más difícil que en otros años. Por ello, hay dudas sobre qué corresponde en caso de un despido o renuncia.
En ambas opciones salta la misma pregunta ¿qué beneficios recibiría? Si como trabajador tienes ciertas incógnitas sobre este tema entonces continúa leyendo esta nota donde te explicamos los puntos a tomar en cuenta.
Los beneficios dependerán del régimen en el que trabaja el empleado y los beneficios que entre la empresa al trabajador. La liquidación se compone por la CTS, vacaciones y gratificaciones truncas. Asimismo, bajo estos conceptos debes considerar lo siguiente.
Para calcular la CTS trunca se toma como referencia la remuneración percibida a la fecha de cese, y a ese monto se debe sumar 1/6 de la gratificación que se haya pagado en el semestre.
Para la gratificación trunca se utilizará como base de cálculo la remuneración percibida a la fecha de cese, y equivaldrá a tantos sextos de esa remuneración como meses completos haya laborado dentro del semestre que corresponda.
Si en tu caso llega a su fin la relación laboral promovida unilateralmente por el empleador. Solo existe cuatro despidos según nuestro marco legal: despido justificado, despido arbitrario, despido nulo o nulidad de despido, despido indirecto.
Cada uno de estos despidos puede ser indemnizado de acuerdo al Decreto Legislativo N° 728 se debe a la decisión unilateral del empleador. En el caso de las fracciones de año, la legislación laboral, se dará por doceavos y treintavos.
Un trabajador cuando ingresa a planilla de una empresa formal por ley le corresponde los siguientes beneficios:
- Sueldo promedio: Dependerá del cargo que se postule. Todos tiene derecho a recibir una remuneración no menor del sueldo mínimo.
- La compensación por tiempo de servicios (CTS): Es beneficio social, un auxilio económico que se usa término de una relación laboral y las pérdidas de ingreso
- Gratificación: Es un pago adicional a tu remuneración y solo se deposita dos veces al año.
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- Seguro médico: Están obligados a afiliar a los trabajadores a EsSalud, así como realizar el pago de las aportaciones correspondientes, sin cargo a los trabajadores
- Utilidades: Se depositan un monto de dinero repartición de las ganancias de una empresa entre sus trabajadores. Normalmente, se depositan los meses de marzo y abril.
- Asignación familiar: Reciben este beneficio los trabajadores que tengan a su cargo uno o más hijos menores de 18 años.
- Vacaciones: Tienen derecho a treinta días calendario de descanso vacacional por cada año completo.
- Licencia por maternidad/paternidad: Las trabajadoras embarazadas tienen derecho a 49 días de descanso prenatal y 49 días post natal. En el caso de los varones le corresponde gozan de 04 días de licencia por paternidad.