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26 Sep 2023 | 11:22 h

Chancay: ¿Mujer podría ir a la cárcel por destruir la casa de su ex suegro tras perder juicio?

Yumiko Ramírez perdió el juicio ante su ex suegro Pablo Vega y decidió destruir la casa de tres pisos ante de desalojarla. ¿Podría ir a la cárcel? Aquí te lo contamos.

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    Chancay: ¿Mujer podría ir a la cárcel por destruir la casa de su ex suegro tras perder juicio? | Composición Wapa

    Yumiko Ramírez Fabián se hizo viral en las redes sociales luego de destruir la casa de tres pisos, ubicada en Chancay, en donde vivía junto a sus tres hijos. La madre peruana tomó esta radical decisión porque el Poder Judicial le ordenó desalojar el predio tras perder el juicio ante su ex suegro Pablo Vega Ramírez.

    Chancay: ¿Mujer puede ir a la cárcel por destruir casa de su ex suegro?

    De manera inmediata, tras conocer la noticia, miles de usuarios se preguntaron acerca de la situación legal de la mujer. ¿Puede ir a la cárcel por haber destruido una propiedad que no le correspondía? ¿Qué dicen las leyes peruanas? Aquí te lo contamos.

    El artículo 941 de nuestro Código Civil (en adelante CC) se manifiesta sobre este tema y especifica que es lo que ocurre cuando una persona construye en terreno ajeno.

    "Cuando se edifique de buena fe en terreno ajeno, el dueño del suelo puede optar entre hacer suyo lo edificado u obligar al invasor a que le pague el terreno. En el primer caso, el dueño del suelo debe pagar el valor de la edificación, cuyo monto será el promedio entre el costo y el valor actual de la obra. En el segundo caso, el invasor debe pagar el valor comercial actual del terreno", indica.

    Asimismo, el artículo 943 del CC complementa lo señalado. "Cuando se edifique de mala fe en terreno ajeno, el dueño puede exigir la demolición de lo edificado si le causare perjuicio, más el pago de la indemnización correspondiente o hacer suyo lo edificado sin obligación de pagar su valor. En el primer caso la demolición es de cargo del invasor".

    Según explica la página especializada LP Derecho, esta normativa le brinda una doble posibilidad al dueño del predio ante una construcción dentro de sus dominios y en ambas cohabita las posibilidades de pagos.

    En ese sentido, si el dueño del terreno quiere quedarse con la construcción de buena fe, deberá de pagar el precio promedio entre lo que costó la edificación y el valor actual. Sin embargo, si no quiere hacer uso del espacio, tiene la potestad de emplazar al invasor de pagarle el valor comercial actualizado del terreno.

    Lo que permite esta regla es el espíritu de la equidad entre ambos, ya que la propiedad ha acrecentado su valor con la construcción posterior, por lo que conviene mantenerse en lugar de destruirse.

    Wapa conversó con el abogado penalista Julio Rodríguez, quien brindó una mayor panorama sobre el tema. El especialista reveló que, cuando ocurre este tipo de edificaciones, lo recomendable es realizar un contrato entre el dueño y el inquilino.

    Julio Rodríguez, abogado penalista, conversó con Wapa.pe.

    "La discusión no depende si la mujer es la dueña del terreno sino quien es el o la propietaria de la edificación. Si ella logra demostrar que lo construyó no habría problema porque no está afectando el terreno", expresó.

    "En un contrato se establecen reglas acerca de la utilización del predio y de cómo un inquilino, a través de un accesorio que es la construcción, beneficia y aumenta el valor del predio porque no hay una merced conductiva (intercambio patrimonial que recibe el arrendador a cambio del uso del bien por parte del arrendatario). Puede cohabitar una concesión de la construcción a través de años o el pago compensatorio", agregó.

    Por su parte, el abogado penalista y docente universitario Juan Carlos Portugal Sánchez indicó que será vital determinar el contexto de la situación para ejecutar la viabilidad de una posible denuncia de contenido penal.

    Juan Carlos Portugal Sánchez, abogado penalista y docente universitario, conversó con Wapa.pe.

    "Atendiendo a que la construcción en bien ajeno, tiene desarrollo en el código civil, recién a partir de ahí se deberá analizar el contexto exacto para futuras acciones legales, sea de carácter civil o penal", expresó.

    Pablo Vega señaló que él construyó el primer piso de la casa en discusión y si lograra demostrar esta aseveración, Yumiko Ramírez podría ser denunciada por el delito de daños.

    "Sin embargo, si ella terminó de afectar un espacio que no le correspondía, ahí si estaría configurando el delito de daños. Va a depender del caso, si fue simple la pena es hasta 3 años y si fuera agravada hasta 5 años", conjeturó Rodríguez.

    ¿Qué se entiende por construcción de buena fe?

    La citada fuente señala que la construcción en terreno de buena fe responde a la intervención de un tercero que levanta, construye o edifica un inmueble en suelo ajeno para convertirlo en un bien común, brindándole un mayor valor a la propiedad antes de su accesión.