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07 Oct 2021 | 9:08 h

Factura electrónica: ¿Cuáles son los nuevos requisitos de la Sunat?

En Wapa te contamos cuáles son los nuevos requisitos que solicita la Sunat para que las facturas electrónicas sean válidas.

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    Sunat insta a las empresas a culminar adecuación de sus sistemas de emisión para las facturas electrónicas.

    La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) informó sobre los nuevos requisitos que se solicitarán para las facturas electrónicas y los Recibos por Honorarios. Por ello, instó a los contribuyentes a cumplir con las nuevas normas solicitadas para tener la validez necesaria en cada uno de sus procesos.

    Se espera que la norma impuse el factoring electrónico, mecanismo que ayudaría a la micro, pequeña y mediana empresa (mipyme), emprendimientos y startups a emitir los comprobantes para obtener financiamiento para sus negocios.

    La incorporación de nuevos requisitos se estableció mediante el Decreto de Urgencia N° 013-2020, el cual fue publicado en enero del año pasado y que recientemente fue reglamentada por el Decreto Supremo N.º 239-2021- EF.

    ¿Cuáles son los nuevos requisitos de la Sunat?

    La Sunat hizo un llamado a los contribuyentes que aún no culminan sus adecuaciones informáticas. En ese sentido, solicitó que aceleren el proceso para evitar inconvenientes que puedan impactar sus comprobantes electrónicos.

    Asimismo, la entidad recaudadora instó a las personas a cumplir con los nuevos requisitos para evitar inconvenientes con la validez de las facturas electrónicas. Por ello, en Wapa te contamos cuáles son datos que deberán registrar:

    • Forma de pago: Si es al crédito o al contado.
    • En caso consigne que es al crédito deberá indicar: El monto neto pendiente de pago y monto(s) y fecha(s) de vencimiento del pago único o de las cuotas.

    Es importante mencionar que, esta obligación alcanza a todos los contribuyentes que emitan las facturas electrónicas; ello a pesar de que la adecuación sea implementada como parte de lo dispuesto en el decreto de urgencia que impulsa factoring.

    Por otro lado, la Sunat recordó a la ciudadanía que desde el primero de enero del 2022 las facturas deberán ser puestas a disposición del cliente y del ente recaudador. Este proceso de dará mediante los sistemas utilizados para su emisión en un plazo máximo de hasta dos días calendarios, ello desde la fecha de emisión del comprobante.

    ¿Cuáles son lo requisitos para los comprobantes electrónicos 2021?

    Según la Resolución de Superintendencia N° 193-2020/SUNAT publicada el 07 de noviembre del 2020, en el Diario Oficial El Peruano, se modificó la normativa sobre la emisión electrónica en relación a la factura electrónica, el recibo por honorarios y la nota de crédito hasta el 01 de setiembre del 2021. En Wapa te contamos cuáles son los cambios que hicieron:

    Incorporación de nueva información en los Recibos por Honorarios Electrónicos y Factura electrónica: Se incorpora la obligatoriedad de consignar si la forma de pago es al contado o al crédito. También se debe elegir la forma de pago al crédito que deberá consignar el monto pendiente de pago y las fechas de vencimiento del pago único o de las cuotas y los montos correspondientes a cada cuota. Con respecto la factura electrónica se incorpora como información adicional el dato sobre retenciones del IGV. (No es condición de emisión ni requisito mínimo de acuerdo con lo dispuesto por el Anexo I de la resolución mencionada).

    Supuestos de utilización excepcional de la nota de crédito: Se ha incluido nuevos supuestos de utilización de la nota de crédito relacionado con la modificación de la nueva información incorporada, aplicable tanto para la Factura Electrónica como el Recibo por Honorarios electrónico.

    (Con información de Agencia Andina)

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