Los familiares tienen derecho a cobrar los importes de devolución siempre y cuando el fonavista fallecido se encuentre en la Lista 21 y lista de beneficiarios.
El pasado viernes 20 de diciembre arrancó el proceso de devolución de aportes para más de 98 mil fonavistas de la Lista 21. La novedad es que ahora los familiares de los fonavistas fallecidos pueden cobrar la devolución de los aportes del beneficiario titular sin necesidad de contar con el testamento o sucesión intestada.
De momento, el Banco de la Nación es la única entidad a cargo del pago a los beneficiarios. Por eso, antes de presentarse a una agencia, el heredero debe primero verificar si el fonavista fallecido se encuentra en las listas publicadas hasta la fecha, consultando las páginas webs de la Secretaría Técnica de la Comisión Ad Hoc: www.fonavi-st.gob.pe y www.fonavi-st.pe.
¿Cómo cobrar Fonavi de un familiar fallecido? Requisitos
Luego de verificar que el beneficiario aparece en la Lista 21 se deberá presentar una declaración jurada en donde manifieste que es beneficiario del fonavista fallecido. Esta se presenta en cualquiera de las agencias del Banco de la Nación, junto al DNI y la documentación según sea su caso:
- Partida de defunción del fonavista fallecido cuyo nombre está en cualquiera de los grupos de pago.
- Partida de matrimonio o constancia de inscripción de la unión de hecho, en caso el solicitante sea cónyuge supérstite o integrante de unión de hecho.
- Partida de nacimiento, en caso los solicitantes sean los hijos.
- Partida de nacimiento del fonavista fallecido, en caso los solicitantes sean los padres.
- Partida de nacimiento de los solicitantes y del fonavista beneficiario fallecido, en caso los solicitantes sean los hermanos.
Solo se presenta la sucesión intestada o testamento, en caso fueran otros beneficiarios.
¿Quiénes pueden cobrar la deuda del familiar fallecido?
Para realizar el cobro de la devolución de aportes, los familiares deben presentar los documentos correspondientes: partida de matrimonio, de unión de hecho o de nacimiento del titular. El orden de prelación es el siguiente:
- En primer lugar, el cónyuge o conviviente
- En segundo lugar, los hijos
- Los padres
- Los hermanos
- Finalmente, las personas que aparecen en el testamento o la sucesión intestada, si las hubiera.
Link del Fonavi diciembre 2024: enlaces para consultar
- Página de la secretaria del Fonavi: https://www.fonavi-st.pe/.
- Consulte aquí si es beneficiario del Vigésimo Primer Grupo de Pago - Diciembre 2024″: https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic2/.
- Digitar su número de documento de identidad del fonavista titular.
- Poner el código Captcha y hacer clic en ‘Consultar’.
Todo lo que se sabe de la devolución Fonavi lista 21
- La Lista 21 se entregará para 98 mil 691 fonavistas que no han sido parte de las 20 listas anteriores
- En total será un monto de S/282 millones 279 mil 597,06 de donde saldrán las devoluciones para este grupo de pago
- Se pagará el viernes 20 de diciembre (tras el pedido del Banco de la Nación para postergar la fecha)
- Incluye fonavistas y herederos sin restricción de edad
- Los herederos deberán verificar si se encuentran registrado en la lista de pago (cuando está se publique) y acercarse al Banco de la Nación para firmar la solicitud adjuntando los certificados de defunción, matrimonio civil, registro de la unión de hecho, partidas de nacimiento, según cada caso.