Este viernes, los congresistas de Perú Libre presentaron ante la Comisión de Constitución un proyecto de ley que busca modificar el artículo 206 de la Constitución, para incluir la Asamblea Constituyente y redactar una nueva Carta Magna.
La iniciativa n° 00174-2021 con autoría del congresista Alex Flores Ramírez detalla que “surge la necesidad de la formulación de una nueva Constitución, a través de una Asamblea Constituyente, dado que, la realidad aplastante los obliga a realizar un análisis y evaluación en nuestra Carta Magna y proponer soluciones”
“Nos encontramos ante una Carta Magna que avala el modelo neoliberal, con su carácter extractivista y negacioncita de derechos (…) Urge la necesidad de refundar la patria, buscando consensos para obtener un texto constitucional legítimo cuyo nacimiento surja de la voluntad popular y garantice una economía justa, tanto social como política”.
El documento tiene el respaldo además de los parlamentarios Francis Paredes Castro, Luis Kamiche Morante, Bernardo Quito Sarmiento, Alfredo Pariona Sinche, Victor Cutipa Ccama, Silvana Robles Araujo, María Taipe Coronado y Elías Varas Meléndez.
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El pasado 28 de julio, el presidente de la República, Pedro Castillo, adelantó que se presentará un proyecto de reforma constitucional para modificar la Carta Magna, a fin de posibilitar una Asamblea Constituyente. Según dijo: “Tengan la seguridad de que nunca se hará tabla rasa de la legalidad, sin duda para lograr este propósito tendremos que conciliar posiciones con el Congreso de la República, pues será aquí, en la casa de las leyes, donde se tendrán que aprobar las normas correspondientes”
El artículo 206 de la Constitución Política precisa que toda reforma parcial constitucional debe ser aprobada por el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y ratificada mediante referéndum. Puede omitirse el referéndum cuando el acuerdo del Congreso se obtiene en dos legislaturas ordinarias sucesivas con una votación sucesiva a los dos tercios del numero legal de congresistas. La ley de reforma constitucional no puede ser observada por el Presidente de la República.
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La iniciativa de reforma constitucional corresponde al Presidente de la República, con aprobación del Consejo de Ministros; a los congresistas; y a un número de ciudadanos equivalente 0,3% de la población electoral, con firmas comprobadas por la autoridad electoral.
Con información de: La República.