La Asociación de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP ) publicó el cronograma para ingresar desde el jueves 27 de mayo el registro de solicitudes y acceder al retiro extraordinario autorizado de hasta cuatro unidades impositivas tributarias (UIT) o 17,600 soles.
El horario establecido para enviar este documento será de lunes a viernes de las 08:00 hasta las 18:00 horas.
Todos los afiliados al SPP, salvo aquellos que califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo.
De acuerdo con la Resolución SBS 1484-2021 de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) el trámite será gratuito y virtual a través de "Consulta retiro de AFP".
El afiliado dispone de 90 días calendario para presentar la solicitud de retiro por única vez (desde el inicio de las solicitudes). Es decir, hasta el 24 de agosto.
Como ya ha sucedido en retiros anteriores de las AFP, en esta oportunidad también se ha establecido un cronograma de fechas, en el que los afiliados podrán presentar su solicitud:
Si tu DNI termina en 0, letra u otro, podrás solicitar el retiro el 27 o 28 de mayo.
Si tu DNI termina en 1, podrás solicitar el retiro el 31 de mayo o 1 de junio.
Si tu DNI termina en 2, podrás solicitar el retiro el 2 o 3 de junio.
Si tu DNI termina en 3, podrás solicitar el retiro el 4 o 7 de junio.
Si tu DNI termina en 4, podrás solicitar el retiro el 8 o 9 de junio.
Si tu DNI termina en 5, podrás solicitar el retiro el 10 u 11 de junio.
Si tu DNI termina en 6, podrás solicitar el retiro el 14 o 15 de junio.
Si tu DNI termina en 7, podrás solicitar el retiro el 16 o 17 de junio.
Si tu DNI termina en 8, podrás solicitar el retiro el 18 o 21 de junio.
Si tu DNI termina en 9, podrás solicitar el retiro el 22 o 23 de junio.
El retiro de los fondos mantiene la condición de intangible, excepto aquellas retenciones judiciales por deudas alimentarias, hasta un máximo del 30 % de lo retirado.
Las AFP determinarán los protocolos de verificación y contacto que permitirán identificar al titular solicitante que se encuentre en el extranjero o esté físicamente imposibilitado, a fin de que ingrese su solicitud.
El Procedimiento operativo aprobado por la Superintendencia de Banca y Seguros para este caso especifica que los retiros se harán efectivos en tres armadas a partir de las siguientes fechas tentativas.
• 1.° retiro (hasta 1 UIT): hasta 30 días calendario luego de la solicitud.
• 2.° retiro (hasta 1 UIT): hasta 30 días calendario luego del primer retiro.
• 3.° retiro (hasta 2 UIT): hasta 30 días calendario luego del segundo retiro.
De presentarse esta situación el afiliado deberá comunicarlo a su AFP hasta 10 días calendario antes de efectuarse cualquiera de los tres desembolsos.
Para ello deberá presentar una solicitud a través de los canales y formatos establecidos por la AFP, y esperar la respuesta a lo solicitado a través de un medio que permita guardar constancia de ello.
Con información de: Agencia Andina.