Mediante la Ley 31084, el Gobierno peruano presidido por Francisco Sagasti acordó la entrega del bono de escolaridad 2021 para tratar de seguir luchando contra los nocivos efectos del coronavirus en el sector económico de las familias peruanas.
Según detalló el Estado, la bonificación por escolaridad "no afecta a descuentos por cargas sociales, fondos especiales de retiro ni aportaciones al Sistema Privado de Pensiones". Además, el subsidio de 400 soles "no constituye base de cálculo para el reajuste de cualquier tipo de remuneración, bonificación, beneficio o pensión".
Asimismo, el bono por escolaridad se entregará por única vez en la planilla de pagos del mes de enero de 2021. A continuación, Wapa.pe te detalla la lista completa de trabajadores del sector público que conformarán el padrón de beneficiarios:
- Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo 276 y las leyes 29944 y 30512.
- Docentes universitarios de la Ley 30220.
- Personal de Salud del Decreto Legislativo 1153.
- Obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
- Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
- Pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley 15117, los decretos leyes 19846 y 20530, el Decreto Supremo 051-88-PCM y la Ley 28091.
- Trabajadores del Sector Público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada.
- Servidores penitenciarios, conforme al numeral 1 del artículo 24 de la Ley de Carrera Especial Pública Penitenciaria.
- Auxiliares de educación nombrados y contratados en las instituciones educativas.
- Estar laborando o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de haber cuando entró en vigencia la presente norma.
- Estar trabajando por lo menos tres meses desde que se estableció la norma. Si no cuenta con este tiempo mínimo, se le abonará un monto en forma proporcional a los meses y días laborados.
(INFORMACIÓN: LEY 31084)
César Puntriano, socio del Estudio Muñiz, explicó que el bono por escolaridad no es obligatorio para los trabajadores del sector privado. "Pero a diferencia de la norma estatal en el sector privado se pide prueba de que el hijo o hija de la trabajadora o trabajador esté cursando estudios escolares", sostuvo en diálogo con RPP.