El Presidente de la República, Martín Vizcarra, emitió un nuevo pronunciamiento hoy jueves 26 de marzo para revelar las nuevas medidas con respecto al estado de emergencia por la pandemia del coronavirus, además de confirmar que los trabajadores podrán retirar un monto de su CTS.
Con la intención de no perjudicar la economía familiar y apoyar con la adquisición de productos de primera necesidad, el Jefe de Gobierno dejó en claro que los trabajadores podrán retirar el dinero de las entidades financieras que alberguen su compensación por tiempo de servicios con la empresa en la que laboran.
Según la nueva disposición, los trabajadores podrían retirar hasta S/2,400 de su Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), anunció el presidente Martín Vizcarra. En conferencia de prensa, el mandatario señaló que se evaluó esta medida y mañana se emitiría la norma.
"Quizás algunos, por la cantidad que tienen, puedan retirar la mayor parte, pero poniendo un límite a S/2,400 de retiro de CTS en una primera oportunidad con cargo a una evaluación", explicó el presidente; sin embargo, en caso se extienda la cuarentena, se podrá acceder a un segundo retiro de la CTS, dependiendo como evolucione el país respecto a la enfermedad.
La compensación por tiempo de servicios o CTS es un fondo de contingencia contra el desempleo que se podría producir al cese de una determinada relación laboral. Este beneficio social se deposita dos veces al año, en mayo y noviembre, y equivale a media remuneración mensual.
La Cámara de Comercio de Lima (CCL) recomienda no retirar parte de la CTS por ser un seguro de desempleo. No obstante, si el trabajador decide retirar el excedente, deberá comunicarlo al empleador para que este informe a la entidad financiera (banco, financiera, caja, entre otras) depositaria precisando el monto que se podrá disponer libremente.
En efecto, conforme a la Ley 30334, los trabajadores pueden retirar el 100% de su CTS que excede a cuatro sueldos que son intangibles (intocables, salvo por motivo de cese del trabajador).
“Para determinar el monto intangible se debe considerar el último sueldo que tuviera el trabajador a la fecha en la que solicita el retiro, multiplicado por cuatro. Por ejemplo, si el total depositado en el banco es S/ 10.000 y el sueldo del trabajador es S/ 2.000; los cuatro sueldos equivalen a S/ 8.000; el exceso a cuatro sueldos será S/ 2.000”, revela la Cámara de Comercio.