La ley seca presenta ciertas limitaciones respecto a la venta de bebidas acohólicas a nivel nacional.
Únete al canal de Whatsapp de WapaEste sábado 1 de octubre iniciarán las restricciones en la venta de bebidas alcohólicas, ello bajo el contexto de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 a nivel nacional. Dicha medida fue impuesta por Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en busca de asegurar el correcto desarrollo de los comicios; no obstante, aún se mantiene presente la interrogante de ¿a qué hora inicia, las limitaciones en la venta de bebidas de este tipo?.
Al respecto, se deberá tener en cuenta que la medida abarcará el antes, durante y después de los comicios. Asimismo, la poco popular ley seca es parte de las restricciones que prevé la legislación electoral en torno a la propia venta del producto. En este punto, es importante mencionar que la prohibición no recae en el consumo, por ende, las sanciones se enfocan en los vendedores.
En la misma línea, el ente electoral informó que realizarán operativos a nivel nacional para hacer cumplir las restricciones y garantizar la votación anunciada para el domingo 2 de octubre. Wapa tiene para ti todos los detalles sobre la hora exacta de la ley seca.
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Los peruanos deberán tener en cuenta que no se podrán vender bebidas alcohólicas desde las 8 de la mañana hasta las 8 de la mañana del lunes. Así lo establece la Ley Orgánica de Elecciones N° 26859, donde se establece la hora exacta para las limitaciones de la venta en establecimientos y espacios comerciales.
"No es permitido el expendio de bebidas alcohólicas de ninguna clase y se cierran los establecimientos, o los espacios de los establecimientos comerciales, dedicados exclusivamente a dicho expendio”, señala la norma.
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Los bares, tiendas y otros establecimientos deberán tener en cuenta que existe una multa no menor de S/ 2,790 por el incumplimiento de la norma. Asimismo, los responsables recibirán una inhabilitación que puede consistir en incapacitar al condenado para ejercer la función o labor que ejercía.
“El incumplimiento de esta disposición se sanciona con cárcel no mayor de seis meses, multa no menor de 2,790 soles y pena accesoria de inhabilitación por igual tiempo que el de la condena, que puede consistir en incapacitar al condenado para ejercer la función o labor que ejercía”, señaló la JNE.