Los peruanos se encuentran pendientes al próximo feriado largo de agosto, el cual creará un puente para vacacionar en familia. Los días libres son muy esperados por los trabajadores del sector público y privado; sin embargo, no muchos conocen sus beneficios laborales ante el descanso largo de las labores.
En los feriados nacionales, los colaboradores perciben un ingreso específico e incluso pueden aumentar su remuneración diaria al trabajar durante los días de descanso. El último descanso para los peruanos se registró el sábado 6 de junio, donde millones de trabajadores pudieron disfrutar de unas cortas vacaciones.
Es importante mencionar que, el Perú pasó de tener 12 a 14 feriados en el calendario, por ende, los colaboradores deberán conocer cuáles son los puentes generados en agosto y cuáles serían sus beneficios.
Los trabajadores podrán disfrutar de un nuevo feriado largo en agosto para disfrutar en familia. Se trata del feriado no laborable anunciado para el lunes 29 de agosto y martes 30 de agosto, los cuales se encuentran regulados bajo el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 713.}
Las fechas anunciadas corresponden a la conmemoración a Santa Rosa de Lima, a quien se recuerda cada martes 30 de agosto. A su vez, el Gobierno sumó el feriado lunes 29 de agosto, el cual generará un puente desde el sábado 27 de agosto hasta el martes de la misma semana.
Es importante mencionar que, los colaboradores percibirán la remuneración ordinaria por cada feriado no laborado. Asimismo, en caso se presente algún cambio, la ley señala que los días no laborales son compensables y permite la negociación entre empleador y trabajadores. De este modo, se podrá hacer efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar.
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Los trabajadores deberán tener en cuenta el Decreto Legislativo 713, donde se indica que los colaboradores deberán percibir hasta tres remuneraciones por un solo día. Es decir, el colaborador percibirá su sueldo ordinario, más dos pagos adicionales por ese día.
Por ejemplo, los empleados que reciban un sueldo mensual de S/ 1,500, ganarán al día un monto de S/ 50. En caso labore durante el feriado y sin descanso, entonces recibirá dos pagos de S/50 adicionales por ese día. En caso no trabaje en el día, la remuneración no cambiará. El empleador deberá pagar por el feriado como si estuvieran trabajando a pesar del descanso.