Descubre cuándo es el mejor momento para presentar tu solicitud de retiro de la AFP. Conoce la fecha clave y no pierdas la oportunidad.
Únete al canal de Whatsapp de WapaUna vez publicada en el Diario Oficial El Peruano la Ley 32002, que permite un nuevo retiro de hasta cuatro unidades impositivas tributarias (S/ 20,600) de los fondos de las administradoras de fondos de pensiones (AFP), los plazos para implementar esta disposición se agilizarán. En esta nota de Wapa.pe, te contamos cuándo debes presentar la solicitud de retiro de la AFP este 2024.
De acuerdo con Jorge Carrillo Acosta, profesor y experto en Finanzas de Pacífico Business School, aún quedan por completarse las siguientes etapas, que se llevarán a cabo próximamente:
En este contexto, las fechas para los retiros efectivos serían las siguientes:
• Inicio del primer retiro (hasta 1 UIT): 12 de junio (30 días calendario después de realizar la solicitud).
• Inicio del segundo retiro (hasta 1 UIT): 12 de julio (30 días calendario después del primer retiro).
• Inicio del tercer retiro (hasta 1 UIT): 11 de agosto (30 días calendario después del segundo retiro).
• Inicio del cuarto retiro (hasta 1 UIT): 10 de septiembre (30 días calendario después del tercer retiro).
Cabe mencionar que, el plazo para presentar solicitudes de retiro de la AFP expirará el 11 de agosto de este año, es decir, 90 días después de la entrada en vigor del procedimiento operativo.
En el primer caso, si el afiliado tiene beneficiarios y está cubierto por el seguro de sobrevivencia, el dinero se entrega como una pensión mensual a los beneficiarios designados.
Estos beneficiarios pueden ser la esposa o pareja de hecho, hijos menores de 18 años, hijos mayores de 18 años con invalidez total y permanente, o hijos mayores de 18 años que estén cursando estudios básicos o superiores hasta un máximo de 28 años, siempre y cuando fueran menores de edad al momento del fallecimiento del afiliado.
El dinero también puede ser entregado a padres mayores de 60 años o madres mayores de 55 años, siempre que hayan dependido económicamente del afiliado o tengan alguna invalidez, ya sea total o parcial.
Si no hay cobertura del seguro de sobrevivencia, los beneficiarios que cumplan con estos requisitos recibirán una pensión mensual hasta que se agoten los fondos del afiliado.