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¿Carné de vacunación seguirá siendo obligatorio? Gobierno modificó decreto supremo

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    ¿Carné de vacunación seguirá siendo obligatorio? Gobierno modificó decreto supremo
    Carné de vacunación | Difusión

    En medio de la polémica por una reciente resolución judicial, el Gobierno del Perú ratificó que el carné de vacunación contra la COVID-19 continuará siendo obligatorio para los mayores de 18 años.

    ¿En qué espacios será obligatorio el carné de vacunación?

    Se precisó que, la muestra del carné de vacunación será para las personas que deseen ingresar a espacios cerrados o conglomerados, con excepción de espacios laborales. Esto último a raíz de un amparo perdido por el Poder Ejecutivo.

    Por medio del Decreto Supremo N.° 030-2022-PCM, publicado el pasado domingo en el diario El Peruano, el Gobierno oficializó una modificación en el artículo 4.

    Allí se aclara que todas las personas residentes mayores de 18 años que ingresen a espacios como centros comerciales, mercados, supermercados, locales de asociaciones deportivas, locales de diversión (discotecas, salsódromos, pubs y similares), conciertos, teatros, cines, gimnasios, iglesias, restaurantes y otros conglomerados, tienen que presentar su carné físico o virtual.

    Solo así acreditará haber recibido las tres dosis de vacunación contra la COVID-19 en el Perú o en el extranjero.

    ¿También será necesario en los medios de transporte?

    Sí. Deben presentar el carné los pasajeros mayores de 12 años que hagan uso del servicio de transporte aéreo nacional y del servicio de transporte interprovincial.

    Es importante aclarar que solo podrán abordar si acreditan haberse aplicado las tres dosis de vacunación contra la COVID-19 y se encuentren habilitados para recibirla, según protocolo vigente.

    ¿Y si no he completado las tres dosis?

    Solo en caso de quienes no hayan completado las dosis requeridas de acuerdo a su edad, tienen que presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes del embarque.

    Mientras que los menores de 12 años solo requieren estar asintomáticos para abordar.

    ¿Y los turistas?

    Aquellos extranjeros que no residan en el país, pero cuyo destino final sea el territorio nacional, deben contar con la vacunación de acuerdo al esquema de su país de origen.

    ¿Qué decía la resolución judicial?

    Desde el 29 de agosto, tener las tres dosis contra la COVID-19 ya no serán requisito para trabajar. Esto se produce dos semanas después de que el gobierno de Pedro Castillo perdiera una demanda de amparo.

    En el mismo se determinó que exigir colocarse un medicamento para trabajar, vulnera derechos establecidos en la Constitución Política del Perú.

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