El presidente de la República, Pedro Castillo, promulgó la ley que faculta a los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (SPP) el retiro extraordinario de sus fondos a sus cuentas individuales.
El diario oficial El Peruano, a través de la edición sábado 21 de mayo de 2022, publicó la autógrafa el cual autoriza el retiro extraordinario hasta cuatro UIT (Unidades Impositivas Tributarias) del total de sus fondos acumulados en sus cuentas individuales de AFP.
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Para que se pueda acceder a ese dinero, se deberá de presentar una solicitud de forma remota, virtual o presencial. y por única vez dentro de los noventa días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley.
La ley indica que cada UIT será depositada en la cuenta que el afiliado señale a los 30 días calendario de presentar su solicitud ante la AFP que pertenezca. Cabe señalar que el tiempo estipulado para el primer desembolso, será el mismo para los otros (siendo hasta tres desembolsos como máximo).
Primer desembolso (1 UIT): plazo máximo 30 días calendario después de presentar su solicitud ante su AFP.
Segundo desembolso (1 UIT): plazo máximo 30 días calendario después del primer desembolso.
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Tercer desembolso (monto restante que podría ser hasta 2 UIT): plazo máximo 30 días calendario después del segundo desembolso.
Cabe resaltar que el retiro de los fondos mantiene la condición de intangible. ¿Qué significa esto? Que no se le puede aplicar ningún tipo de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención u otra forma de afectación, ya sea por orden judicial y/o administrativa.
Luego de haberse publicado la ley en El Peruano, la Superintendencia de Bancas y Seguros tiene 15 días útiles para anunciar el cronograma de pagos. Allí se indicará las fechas para que cada aportante emita su solicitud de retiro si es que lo estima pertinente.
La ley señala que todos los afiliados a las AFP, ya sean activos o inactivos, tienen las mismas posibilidades de retirar su dinero del fondo.