La pensión de alimentos es un caso muy discutido en el Perú. A diario, los abogados reciben casos de exparejas que deciden separarse, y tras varios episodios de peleas, terminan en un juzgado, y una de las partes exigiendo una pensión de alimentos para el fruto de la relación disuelta.
Para nadie es un secreto que en la actualidad existen personas que tienen hijos con diferentes parejas. Por ello, existe ciertos términos que el padre debe cumplir respecto a la pensión que tiene por obligación entregar a cada descendiente suyo.
¿Cuánto le corresponde a cada hijo? A continuación, te detallamos lo que el abogado asociado del estudio Galvez Monteagudo, Max Jason Vargas Calderón, señaló para diario Correo.
“Nuestro ordenamiento legal prevé que todos los hijos son iguales ante la ley, por tal motivo la asignación que se haga a favor de cada uno debe ser igual y proporcional”, sostuvo en diálogo con el mencionado medio.
En esa misma línea, sostuvo que el monto máximo que se puede“embargar por alimentos”es el equivalente al 60% de los ingresos del padre demandado por pensión de alimentos.
“Si son varios los hijos,lo que se le asignará a cada uno será ese porcentaje dividido en tantos números de hijos haya: si es 1, hasta el 60%, si son 2 hasta el 30% para cada uno, si son 3 hasta el 20% cada uno, y así sucesivamente”, agregó.
La regla en la legislación peruana es que no hay prisión por deudas. Sin embargo, la excepción ocurre cuando existe una sentencia judicial que ordena el pago de una pensión de alimentos. Su incumplimiento se sanciona hasta con cuatro años de cárcel.