Hasta este domingo 18 de abril el Gobierno prorrogó las disposiciones para las provincias declaradas en riesgo extremo ante la pandemia de COVID-19, entre ellas, las que regulan el servicio de transporte interprovincial de pasajeros que se brindan desde estas jurisdicciones.
Al respecto el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) dispuso dos opciones para que operen los buses de transporte interprovincial de pasajeros que brindan el servicio desde las provincias declaradas en riesgo extremo.
Las provincias declaradas en riesgo extremo son:
Huaylas (Áncash), Andahuaylas (Apurímac), Huamanga (Ayacucho), Cusco (Cusco), Ica (Ica), Chupaca y Chanchamayo (Junín), Trujillo y Pacasmayo (La Libertad), Barranca, Huaura y Huarochirí (Región Lima), Alto Amazonas (Loreto), Tambopata (Madre de Dios), Piura (Piura), Puno (Puno), Moyobamba (San Martín), Tumbes (Tumbes) y Coronel Portillo (Ucayali).
La primera opción indica que los buses interprovinciales que partan de provincias declaradas en riesgo extremo podrán operar con un aforo del 50 %, para cubrir viajes de más de cinco horas.
La norma del MTC subraya que estas unidades de transporte solo podrán utilizar los asientos contiguos a las ventanas.
Resaltó, además, que los pasajeros no están obligados a presentar la prueba de descarte de COVID-19, molecular o antígena.
Para la segunda opción, el MTC indica que las empresas de transporte interprovincial podrán operar con un aforo del 100 % de los asientos, siempre que los pasajeros presenten una prueba de antígeno o molecular con resultado negativo, emitida con 72 horas de anticipación como máximo antes de abordar el viaje.
Sostuvo que estas medidas fueron adoptadas con el objetivo de evitar riesgos de contagio de la COVID-19 y reactivar eficientemente el servicio de transporte considerando la realidad de las provincias, precisó el MTC.
El MTC subrayó que en todos los vehículos seguirá siendo obligatorio que los pasajeros y tripulantes utilicen mascarilla y protector facial durante todo el viaje.
Adicionalmente, entre las medidas de sanitarias que las empresas de transporte deberán seguir implementando, figuran la toma de temperatura a los pasajeros y vigilar que se guarde el distanciamiento físico dentro de las instalaciones de las agencias y terminales terrestres.
También están obligadas a desinfectar los vehículos antes y después del servicio, colocar divisiones de polietileno o material análogo entre los asientos para garantizar el aislamiento entre los viajeros, entre otras medidas detalladas en los lineamientos sectoriales para la prevención de la COVID-19.
Por último, el MTC exhortó a la población a utilizar el transporte formal para procurar la seguridad sanitaria y así proteger su salud y la de sus familias.
A través del Decreto Supremo 070-2021-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, el Gobierno prorrogó la vigencia del estado de emergencia a consecuencia de la COVID-19 y dicta las medidas que regirán en el todo el país desde el 12 hasta el 18 de abril.
En ese sentido, el Gobierno dispuso que hasta el 18 de abril sigue vigente la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, según el nivel de alerta por provincia y departamento. Asimismo, se dispone la prohibición del uso de vehículos particulares los domingos para los niveles de alerta alto, muy alto y extremo.
Fuente: ANDINA