Este martes, Magaly Medina reveló que Tula Rodríguez recibió el 25% de los bienes que dejó el fallecido exgerente de televisión Javier Carmona, según una carta que consiguió de los hijos de este último.
De esta manera, la repartición de bienes de Javier Carmona terminó de la siguiente proporción: 25% para Tula Rodríguez, 25% para su hija menor Valentina Carmona, 25% para Lucas Carmona y los otros 25% para Tadeo Carmona.
LEE TAMBIÉN: Susy Díaz no le dejará herencia a Florcita Polo hasta que salga el divorcio con Néstor Villanueva | VIDEO
LEE TAMBIÉN: Rebeca Escribens recomienda a Tula hablar con los hijos de Carmona: “Hay que sentarse a conversar”
Fue entonces que surge la pregunta de por qué es que Tula Rodríguez recibió parte de la herencia si ambos se casaron bajo el régimen de bienes separados.
Javier Carmona y Tula Rodríguez contrajeron matrimonio el sábado 17 de noviembre de 2012. Fue en ese entonces que la conductora reveló que se casaron bajo el régimen de bienes separados “porque lo que los dos hagamos en común será para beneficio de nuestros hijos”.
Entonces, ¿qué hereda la viuda en separación de bienes en nuestro país? Según recoge el Código Civil peruano, en su articulo 816, “son herederos del primer orden, los hijos y demás descendientes; del segundo orden, los padres y demás ascendientes; del tercer orden, el cónyuge o, en su caso, el integrante sobreviviente de la unión de hecho”.
Además cabe recordar que el articulo 822 indica que “el cónyuge que concurre con hijos o con otros descendientes del causante, hereda una parte igual a la de un hijo”.
Esto quiere decir que si se contrajo un matrimonio bajo el régimen de bienes separados, no significa que quien sobrevive al difunto se quede sin bienes.
La abogada Karla Viso estuvo en el set de ‘América HOY’ para remarcar que "la separación de bienes no tiene nada que ver con la herencia”.
MIRA TAMBIÉN:
“Si tu te mueres mañana y estás casada con José e hicieron separación de bienes, eso no significa que José vaya a a heredar todo lo que es tuyo, tus bienes pasan a ser parte de la masa hereditaria. El cónyuge tiene doble derecho a heredar: por el vinculo matrimonial y por vinculo filial en ascendencia y descendencia”, indicó.
MIRA TAMBIÉN: Karla Tarazona pide cambiar el verbo "Chabelear" por "Fiorellear": "Ellas destruyeron matrimonios"
MIRA TAMBIÉN: Tula Rodríguez: Todos los bienes de Javier Carmona en disputa con sus hijastros Lucas y Tadeo Carmona
Hay una precisión que hacer, pues el artículo 826 de Código Civil, excluye al cónyugue que haya contraído matrimonio 30 días antes de la muerte de su pareja si es que esta se encontraba enferma.
“La sucesión que corresponde al viudo o a la viuda no procede, cuando hallándose enfermo uno de los cónyuges al celebrarse el matrimonio, muriese de esa enfermedad dentro de los treinta días siguientes, salvo que el matrimonio hubiera sido celebrado para regularizar una situación de hecho”, recoge el artículo.